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La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó la validez de la elección de la gubernatura de Hidalgo, en la que obtuvo el triunfo Julio Menchaca , abanderado de Juntos Hacemos Historia, ya que la vulneración a los principios de imparcialidad, turismo electoral , entre otras irregularidades no fueron suficientes para determinar la nulidad.
En sesión pública, las y los magistrados, determinaron por unanimidad la validez de la gubernatura, así como la entrega de constancia de mayoría al morenista.
Pese a la petición de Morena para se abstuviera de participar el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón tras reunirse con la excandidata de oposición, Carolina Viggiano, finalmente sí votó el proyecto.
El proyecto estaba programado para discutirse este miércoles, sin embargo, se pospuso para determinar la viabilidad de participación del magistrado presidente.
Al tomar la palabra, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón recordó que hubo nueve eventos en los que participaron funcionarios a nivel federal y local que constituyeron una violación a los principios constitucionales de imparcialidad, neutralidad y equidad.
“Sin embargo, en mi opinión, la trascendencia de la asistencia o participación de dichos servidores en los eventos denunciados no puede analizarse de manera aislada, como si cada evento o persona hubiera tenido una decisión esporádica o como si un funcionario de nivel federal no tuviera un impacto significativo a nivel local”, apuntó.
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Por tanto, dijo que se debe realizar otro análisis para determinar el carácter generalizado y sistemático de estos eventos.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) argumentó que el resultado de la elección fue producto de una serie de irregularidades que no fueron debidamente analizadas por el Tribunal local .
Entre éstas mencionó la vulneración a la equidad, imparcialidad y neutralidad de la contienda por parte del Presidente de la República y otros funcionarios; la propaganda vinculada con la revocación de mandato, así como difusión de propaganda calumniosa y violencia calumniosa.
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El partido, que abanderó a Carolina Viggiano, consideró que estos factores demuestran que la elección estuvo viciada, lo que sería suficiente para declarar su nulidad.
Si bien no hay elementos suficientes para anular la elección, la magistrada Janine Otálora señaló que se debe mandar un mensaje claro al Instituto Nacional Electoral para que sea “más proactivo” en identificar fenómenos como el “turismo electoral”, así como sus consecuencias.
“De lo contrario, nos podríamos encontrar ante un fraude que podría poner en peligro la certeza de los resultados de las elecciones locales y federales en el futuro”, advirtió.
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Al respecto, el magistrado Indalfer Infante expuso que la nulidad de una elección es una determinación excepcional que sólo puede declararse cuando los hechos que se consideran irregulares están acreditados, además de que se demuestre una transgresión grave a los principios del proceso electoral .
Por tanto, el proyecto determina que “si bien se acreditó la existencia de diversas conductas que transgredieron los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, no son de la magnitud suficiente para considerar que afectaron los resultados de la elección”.
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