La Sala Superior del Tribunal Electoral avaló, entre desacuerdos, que la Presidencia, legisladores, gobernadores y servidores públicos en general puedan promover la participación de la , pero sin impulsar a candidaturas en particular.

Con tres votos a favor (Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes), y dos en contra (Janine Otálora y Reyes Rodríguez), se modificó el acuerdo del que establecía la prohibición para que servidores públicos no utilicen recursos públicos para la difusión de la elección, al ser una facultad del órgano electoral.

La sentencia establece que las personas legisladoras federales podrán promover la elección judicial en cualquier otro medio que permita comunicar la promoción, siempre y cuando los recursos públicos utilizados estén destinados a la comunicación social con fines constitucionalmente lícitos, sin algún tipo de sesgo o apoyo a determinada candidatura.

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La presidenta del Tribunal Electoral, Mónica Soto, expresó su desconcierto porque el emitió un acuerdo que, a su consideración, limita la participación de la ciudadanía y pareciera una elección “silenciosa”.

“Me siento sorprendida, un poco contrariada, por este posicionamiento que se hizo en el en la toma de este acuerdo donde pareciera que está buscando llevar una elección silenciosa”, advirtió.

“No le estamos dando la vuelta a la Constitución, estamos dando paso y dando viabilidad a lo que establece la Constitución”, apuntó.

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El magistrado Felipe Fuentes subrayó que la Constitución no exige un “silencio absoluto” ni “exclusividad injustificada”, como planteó el órgano electoral.

El magistrado Felipe de la Mata, ponente del proyecto, argumentó que las elecciones judiciales tienen una naturaleza distinta a las del Congreso o Ejecutivo, por lo que no se pueden equiparar las mismas prohibiciones.

“Esto tendrá que hacerse en cumplimiento a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad, y sigue estando prohibido que favorezcan o perjudiquen a cualquier candidatura, nada de eso cambia”, aclaró.

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En contra de la propuesta, la magistrada Janine Otálora subrayó que la ley prohíbe expresamente el uso de recursos públicos para promoción y propaganda, lo que blinda la imparcialidad del proceso electoral.

“Se restringe para evitar injerencias indebidas justamente en este proceso comicial, mientras que el INE despliega una campaña integral de difusión imparcial y neutral”, dijo.

Señaló que permitir la promoción por parte de otras autoridades supondría admitir que pueden hacer un trabajo más profesional del INE, o que no confían en la autoridad electoral para que realice esas actividades.

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El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón alertó que permitir la promoción podría implicar la percepción de que están apoyando las candidaturas que postularon, cuando esto no fue previsto expresamente en este modelo de elección.

“Quiero dejar claro que el derecho de acceso a la información no se ve vulnerado en ningún sentido, esto debido a que el tiene la obligación de promover la participación ciudadana en los procesos electivos, en todos, incluyendo la elección judicial, como se ha definido con el modelo aprobado de radio y televisión y como lo ha hecho el Instituto de manera integral en coadyuvancia con las candidaturas”, afirmó.

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em/bmc

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