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La Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó el principio de equidad en la contienda e hizo un uso indebido del ejercicio de recursos públicos por sus expresiones de la mañanera del pasado 27 de marzo que tuvieron impacto en las elecciones del Estado de México y Coahuila.
Así como en el proceso electoral 2023-2024 y elecciones locales concurrentes.
Lo anterior al resolver un procedimiento especial sancionador por las denuncias presentadas por la senadora Kenia López Rabadán (PAN) y el PRD.
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En la sesión de este jueves la Sala Regional Especializada señaló la existencia de infracciones consistentes en violar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda; así como el uso de recursos públicos por parte del Presidente de la República y otros servidores públicos.
“El hecho de que manifestara que hay un Plan C, que consiste en no votar por el bloque conservador para que siga la transformación, que ni un voto a los conservadores, sí a la transformación que inició en 2018… se trata de manifestaciones de una naturaleza electoral y pudieron generar una influencia indebida y un impacto en la ciudadanía que recibió esa información”.
En lo respecta al uso indebido de recursos públicos, se determinó que el titular del Ejecutivo y los funcionarios encargados de la organización, producción y difusión de la conferencia “mañanera” usaron recursos materiales, humanos y económicos para la realización de la misma en la que se hicieron las expresiones contrarias a la ley electoral.
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Además, se estableció que las medidas cautelares ordenas por la autoridad electoral, como el retirar dichos contenidos, no se hicieron en el tiempo que otorgó la comisión de Quejas del INE.
Sobre queja presentada por el diputado Jorge Álvarez Máynez (MC) por la conferencia “mañanera” del 2 de junio se declaró inexiste pues no se acreditó tal infracción como una conducta reiterada del titular del Ejecutiva.
La Sala Regional Especializada ordenó dar vista a los órganos interno de control de la Oficina de la Presidencia y del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR) respecto las personas del servicio público denunciadas.
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