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El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el Acuerdo del INE que desestimó el reconteo de los votos para los cargos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), solicitado por Dora Alicia Martínez Valero, Melissa Peláez Badilla y Yajaira Arellano Morales.
Sin embargo, abrió la posibilidad de que el conteo sea realizado por el Tribunal Electoral “cuando haya petición ante la autoridad judicial y éste lo ordene dentro de un juicio”.
La resolución del TEPJF determinó que “ninguna norma prevé la posibilidad de un nuevo cómputo en sede administrativa respeto a la totalidad de votos de la elección judicial”.
El magistrado Felipe Fuentes, encargado del caso, señaló que para el INE, la normatividad no le permite realizar un recuento de votos, y “se limita a esa respuesta de naturaleza normativa, no relacionada con un acto o cómputo específico”.
Pero dijo que existe la posibilidad de que se realice un conteo de votos de la elección judicial, si existe una solicitud ante la autoridad judicial.
“En otra parte, argumentamos en el proyecto que no cierra la posibilidad de que exista un recuento en la sede jurisdiccional… no se cierra la posibilidad de que, con apoyo en una petición ya específica en donde se controvierta el cómputo correspondiente, pudiera sopesarse si constitucional y legalmente podemos emprender el recuento correspondiente”, apuntó.
Dicha afirmación fue apoyada por el magistrado Felipe de la Mata, quien refirió: “se puede hacer recuento cuando haya petición ante la autoridad judicial y éste lo ordene dentro de un juicio, por ejemplo, relacionado con la validez de casillas o relacionado con la validez de la elección”.
En contraparte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón dijo que la resolución del TEPJF era contradictorio, ya que el artículo 311 de la LGIPE establece que el recuento de la votación en un distrito procede cuando la cantidad de votos nulos sea mayor que la diferencia entre el primer y segundo lugar.
“Estimo que el Instituto Nacional Electoral sí tiene facultades para realizar el recuento, bajo ciertos supuestos; además, considero que en este caso se actualizaba uno de esos supuestos, por lo cual debió haberlo ordenado”, expuso.
Tribunal desecha 50 impugnaciones a la elección judicial
El pleno del TEPJF también desechó 50 juicios de inconformidad en contra del proceso y los resultados de la elección del Poder Judicial.
Entre ellos, dos quejas presentadas por organizaciones civiles en contra de los acuerdos emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) para emitir la sumatoria y declaratoria de validez de los ministros elegidos para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Es decir, en contra de Hugo Aguilar Ortiz, Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, María Estela Ríos González, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Irving Betanzo, Arístides Rodrigo Guerrero García y Sara Irene Herrerías Guerra.
Dicho juicio de inconformidad fue presentado por “Amigos en colaboración” y el colectivo “Poder Ciudadano”.
También se desechó la queja presentada por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico. A.C. para impugnar los acuerdos del Consejo General del INE, por los que se emite la sumatoria nacional de la elección de magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial.
Así como la declaración de validez de la elección y las constancias de mayoría entregadas a Celia Maya García, Eva Verónica de Gyves Zarate, Bernardo Bátiz Vázquez, Indira Isabel García Pérez y Rufino León Tovar.
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bmc