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El Inai reconoció que la Ley General de Archivos (LGA) , aprobada por el Senado, ha considerado las aportaciones de expertos e integró cambios como la modificación la naturaleza jurídica del Archivo General de la Nación como un organismo descentralizado no sectorizado de la Secretaría de Gobernación.
No obstante, el Inai identificó áreas de oportunidad, como sentar criterios conjuntamente con las autoridades competentes para resolver sobre los plazos de reserva de archivos históricos con datos personales sensibles.
También recomendó establecer que los lineamientos para promover la digitalización de la información; garantizar la interoperabilidad entre los Sistemas Nacionales de Archivos, Anticorrupción y de Transparencia.
Así como asegurar el abastecimiento de información organizada, conservada y actualizada a estos dos últimos sistemas y controlar la vigencia de dictámenes de los dictámenes de baja documental.
En un comunicado, el Inai destacó que el artículo 36 se encuentra en sintonía con la legislación en materia de transparencia y acceso a la información, pues establece que no podrá clasificarse como reservada aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
Explicó que se agregó al artículo 38 establece que el Inai o, en su caso, los organismos garantes de las entidades federativas, determinarán el procedimiento para los casos de excepción en los que se deba permitir el acceso a la información de un documento con valores históricos que no haya sido transferido a un archivo histórico y que contenga datos personales sensibles.
La ley prevé la obligación de conservar y preservar archivos relativos a violaciones graves de derechos humanos y garantizar su acceso de conformidad con las disposiciones legales en la materia.
En los casos en que el Archivo General o sus equivalentes en las entidades federativas consideren que los archivos privados de interés público se encuentran en peligro, éstos podrán ser objeto de expropiación mediante indemnización.