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Ciudad de México
.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) , notificó hoy la sentencia adoptada el 28 de noviembre pasado en la que declara la responsabilidad del Estado mexicano por las graves violaciones a derechos humanos cometidas contra 11 mujeres que sufrieron detenciones arbitrarias; tortura física, psicológica y sexual; y falta de acceso a la justicia. Esto ocurrió en el marco de la represión policial desplegada el 3 y 4 de mayo de 2006 en Texcoco y San Salvador Atenco , Estado de México.
La institución, con sede en San José Costa Rica, recuerdó que durante los días 3 y 4 de mayo del año 2006 las policías municipales de Texcoco, San Salvador de Atenco, del estado de México y la Policía Federal Preventiva adelantaron operativos en los municipios de San Salvador de Atenco, Texcoco y en la carretera Texcoco-Lechería para reprimir manifestaciones que se llevaban a cabo en dichos municipios.
En el curso de los operativos fueron detenidas las 11 mujeres víctimas del caso, durante su detención y mientras eran trasladadas e ingresadas al Centro de Readaptación Social “Santiaguito”, fueron sometidas a las diferentes formas de violencia , incluida en algunos casos la violación sexual .
En su resolución, la corte ordena a México, entre otras cosas, continuar e iniciar las investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas que sean necesarias para determinar, juzgar, y, en su caso, sancionar a todos los responsables de la violencia y tortura sexual sufrida por las 11 mujeres víctimas de este caso.
Pidió “brindar de forma gratuita e inmediata, el tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas, realizar en un plazo de seis meses a partir de la notificación de la sentencia, las publicaciones ordenadas” , además de que solicita realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas.
Ordenó a México crear un plan de capacitación de oficiales de la Policía Federal y del estado de México, y establecer un mecanismo de monitoreo y fiscalización para medir y evaluar la efectividad de las políticas e instituciones existentes en materia de rendición de cuentas y monitoreo del uso de la fuerza de la referida institución de seguridad y la policía del estado de México.
El Centro Pro de Derechos Humanos y Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) , subrayaron que “con esta resolución, se confirma desde la más alta instancia judicial del Sistema Interamericano de Derechos Humanos lo que las mujeres sobrevivientes han denunciado durante 12 años y se reivindica su lucha contra la impunidad” .
Resaltan que “el uso de la fuerza por parte de las autoridades policiales al momento de detenerlas no fue legítimo ni necesario, pero además fue excesivo e inaceptable por la naturaleza sexual y discriminatoria de las agresiones sufridas” .
La Corte concluyó que el " uso indiscriminado de la fuerza por parte del Estado en este caso, resultado de una ausencia de regulación adecuada, una falta de capacitación de los agentes, la supervisión y monitoreo ineficiente del operativo, y una concepción errada de que la violencia de algunos justificaba el uso de la fuerza contra todos” .
Destacó que “las investigaciones realizadas por el Estado se limitaron a la participación de agentes estatales, cuando existían indicios de la participación de agentes federales” y en tal sentido, no se investigaron todas las posibles formas de responsabilidad individual por los actos de tortura que prevé la Convención Interamericana contra la Tortura , incluyendo la responsabilidad de mando, pese a la existencia de indicios al respecto, por lo tanto señaló que el Estado no investigó a todos los posibles responsables penales ni siguió todas las líneas lógicas de investigación, incumpliendo así su deber de investigar con la debida diligencia.
En relación a los actos cometidos contra las mujeres de Atenco , el alto tribunal reconoció que la violencia del operativo utilizó la violencia sexual como práctica represiva. En este sentido, Corte ordena al Estado, entre otras cosas, implementar medidas de atención a las mujeres y para revertir las condiciones que permiten hasta hoy la comisión de tortura sexual y represión policial.
Como ha sido reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación , las sentencias de la Corte IDH son de carácter vinculante para México, por lo que el Estado está obligado a acatar todas las medidas ordenadas por la Corte Interamericana , subraron el Cejil y el Centro Pro .
Esas organizaciones enfatizan que con esta sentencia histórica, el Estado tiene la posibilidad de poner fin a la impunidad en el emblemático caso de Atenco y de tomar medidas concretas para evitar que se reproduzcan tales violaciones a derechos humanos en otros contextos.
“El cumplimiento cabal y pronto de la sentencia notificada hoy por la Corte será una clara muestra del compromiso del nuevo gobierno en materia de derechos humanos"
.
“Más aún, en un contexto en el que el modelo de seguridad está a discusión en México, por la intención de crear una Guardia Nacional militarizada, la sentencia emitida por la Corte en el caso Atenco -lo mismo que la resolución publicada el día de ayer respecto del caso Alvarado- obligan al Poder Legislativo mexicano a revisar la legislación que se pretende aprobar a la luz de los estándares fijados por el tribunal interamericano, que refuerzan la perspectiva de seguridad ciudadana de carácter civil y la fiscalización externa de las instituciones de seguridad”
, enfatizaron.
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