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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó la posibilidad de que la Comisión de Derechos Humanos (CDHDF) de la Ciudad de México inicie acciones judiciales contra las autoridades que no cumplen con sus recomendaciones.
Los ministros señalaron que los preceptos de la Constitución de la CDMX, que facultaban a la Comisión de Derechos Humanos capitalina acudir al Tribunal Superior de Justicia para reclamar el cumplimiento de sus recomendaciones , son violatorios del sistema de protección no jurisdiccional de los derechos humanos.
Además, observaron que las recomendaciones de estos organismos no tienen carácter vinculatorio por lo que no pueden ser sometidas a control judicial.
En tanto, la SCJN avaló las facultades del organismo capitalino defensor de derechos humanos y aclaró que no es necesario que la Constitución de la CDMX especifique que la Comisión no tiene competencia para conocer de asuntos electoral es, pues esta limitante ya está prevista en la Carta Magna federal.
También el Pleno declaró válido que la CDHDF conozca de violaciones graves a derechos humanos al considerar que con ello no invade la competencia de su homóloga nacional ni ocasiona perjuicio a la facultad de atracción que esta puede ejercer en casos específicos.
mpb