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La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad con 303 votos, incorporar a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que el acoso callejero se considere acoso sexual y, por lo tanto, un delito.
El dictamen, enviado al Senado para su análisis, describe que también serán formas de acoso sexual en el espacio público el acoso expresivo, verbal, físico, las persecuciones y el exhibicionismo.
Además, en el agregado que se le hace al artículo 13 de este ordenamiento establece que el Estado mexicano debe garantizar a las mujeres la erradicación del acoso en la comunidad a través de programas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres.
En este rubro se debe incluir el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo que contrarresten prejuicios, costumbres y todo tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer.
Incluso la implementación efectiva de un sistema de denuncia efectiva ante el acoso y la facilitación de los protocolos correspondientes, así como la capacitación de los servidores públicos para no menospreciar las manifestaciones de acoso y no victimizar doblemente a las denunciantes.
El dictamen destaca la necesidad de diferenciar entre el hostigamiento y el acoso sexual, ya que, si bien ambos son un tipo de violencia, existen diferencias entre los dos.