En edición dominical vespertina, el Diario Oficial de la Federación ( DOF ) publicó un decreto del presidente , por el que incluye a los estados de Sinaloa y Zacatecas en el programa de regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, conocidos como con lo que ahora suman 12 las entidades del norte del país beneficiadas.

El documento “tiene por objeto fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera que se encuentran en el de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas, así como en los estados de Sinaloa y Zacatecas, mediante las facilidades administrativas y estímulos que en el mismo se prevén”.

Establece que los vehículos usados cuyo número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá, que al 19 de octubre de 2021 se encontraban en el territorio de dichas entidades y no hayan acreditado su legal estancia en el país, para efectos de su regularización en territorio nacional , podrán obtenerla sin que se requiera certificado de origen; permiso previo de la Secretaría de Economía; intervención de agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o de cualquier otro intermediario, ni inscripción previa en el Padrón de Importadores.

El decreto señala como uno de los requisitos, que se cubra un aprovechamiento único de dos mil quinientos pesos y recuerda que se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes , equivalente al monto de las contribuciones, aprovechamientos diversos y multas federales que se causen o generen por la importación definitiva del vehículo.

“Una vez que el Registro Público Vehicular reciba los documentos a que se refiere el párrafo anterior, de forma inmediata los remitirá vía electrónica a la Agencia Nacional de Aduanas de México.

"Con el solo envío de la documentación referida en el párrafo anterior, se tendrá por acreditada la importación y legal estancia en el país de los vehículos a que se refiere el presente Decreto, para los efectos legales a que haya lugar”, subraya.

El documento publicado en el DOF reitera que los ingresos que se obtengan serán destinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ( SHCP ) para acciones de pavimentación en los municipios que correspondan, “conforme a una distribución porcentual basada en el número de vehículos regularizados y registrados de acuerdo con el domicilio del importador con el que se haya realizado el trámite respectivo”.

El decreto está en vigor a partir de este 27 de febrero y hasta el 20 de septiembre del presente año.

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