Luego que el Senado de la República aprobó que la, la presidenta manifestó su desacuerdo, al señalar que se debe respetar lo que establece claramente la Constitución en materia de retroactividad de las leyes.

No obstante, aclaró que será la Cámara de Diputados la que tendrá que revisar con detalle el transitorio incorporado en la minuta, a fin de precisar si respeta la disposición constitucional.

"Pues tiene que dejar claro que queda a salvo la retroactividad establecida en la Constitución y a qué se refiere ese transitorio”, puntualizó.

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Sheinbaum recordó que la iniciativa original enviada por su gobierno no contemplaba el agregado aprobado en el Senado.

"Nosotros enviamos una iniciativa que no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero hay que respetar la Constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes, a menos que uno cambie la Constitución (…) Pero en las leyes, pues no puede haber retroactividad”, explicó.

En ese sentido, cuestionó la pertinencia de incluir un transitorio que, a su juicio, es innecesario.

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"Vamos a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio. Desde mi punto de vista, pues no era necesario poner ese transitorio, ¿no? Porque si es a partir de que se emite la ley, lo nuevo ya entra con la nueva ley, pues para qué se pone el transitorio. Es mi punto de vista, no soy abogada, pero creo que así debe ser”, dijo.

La mandataria federal insistió en que la reforma a la Ley de Amparo no elimina derechos para los ciudadanos, sino que busca agilizar procesos judiciales y garantizar mayor certeza en casos fiscales y financieros.

Subrayó que estas modificaciones no implican la desaparición del amparo. “Esto es muy importante porque ha habido la versión de que estamos queriendo quitar el derecho de los mexicanos a tener el amparo frente a un acto de autoridad. Primero, la Constitución no se modifica y, segundo, los cambios son para que haya mayor certeza y no abusos en el sistema judicial”, sostuvo.

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Reiteró que el debate central es garantizar el principio de no retroactividad de la ley, como lo establece la Constitución.

"Más allá de si se consultó o no se consultó ese transitorio, lo que se incorporó tiene que revisarse. Desde mi punto de vista, cualquier nuevo amparo, aunque sea de un juicio anterior, a partir de la aprobación de la Ley de Amparo, ya se aplica lo nuevo”, concluyó.

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kicp/apr

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