La mayoría de Morena y sus aliados en el aprobaron en lo general el decreto que expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, laPersonales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El nuevo marco legal establece que las atribuciones conferidas al Inai las realizará lay Buen Gobierno, a través del órgano Transparencia para el Pueblo.

Con 71 votos a favor de Morena y sus aliados, así como 21 en contra del PAN, MC y la ausencia de priistas que acudieron a una asamblea de ese partido en la sede nacional se aprobó en lo general dicha reforma.

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Asimismo, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública indica que dicha secretaría no podrá conocer y resolver los recursos de inconformidad que se interpongan en contra de las resoluciones emitidas por otros entes públicos; interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes de carácter federal o estatal, así como de los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, que vulneren el derecho a la , ni promover controversias constitucionales.

La ley prevé el incremento de 13 a 17 las causales de reserva de información. También no podrá invocarse el carácter de reservado tratándose de información relacionada con acreditados.

No podrá invocarse el carácter de reservado tratándose de información relacionada con actos de corrupción acreditados.

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Las facultades del Inai las asumirá la “autoridad garante federal’’ denominada “Transparencia para el Pueblo”, dependiente de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

En tribuna, Lilia Margarita Valdez, senadora por Morena, expuso que este dictamen tiene como objetivos principales tener un mejor manejo de la y la protección de gastos personales.

Por otro lado, las senadoras del PAN. Imelda Margarita Sanmiguel Sánchez y Laura Esquivel advirtieron que la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señala que no se requerirá el consentimiento del titular de la información confidencial cuando “la información se encuentre en registros públicos o fuentes de acceso público”.

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De igual manera, cuando por ley tenga el carácter de pública; exista una ; por razones de seguridad nacional y salubridad general, o para proteger los derechos de terceros, se requiera su publicación.

Además, se clasificará como “Información Reservada aquella cuya publicación comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa nacional o la paz social; pueda menoscabar la conducción de las negociaciones y relaciones internacionales;

El nuevo marco legal establece que las atribuciones conferidas al las realizará la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a través del órgano Transparencia para el Pueblo.

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CIFL/bmc

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