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El gobierno de España
no entregará a México
a Javier Nava , supuesto prestanombres de Javier Duarte , detenido el año pasado en Barcelona, debido a que no argumentó adecuadamente las acusaciones de “delitos de delincuencia organizada y operaciones con recurso de procedencia ilícita ” por los que lo reclamaba.
El Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional
, formado por 16 jueces, se reunió el 18 de enero (aunque la decisión se comunicó ayer) y rechazó los recursos de súplica interpuestos por la Fiscalía española y por la Procuraduría General de la República ( PGR ). Por lo tanto, quedó confirmada la denegación de extradición decidida el 21 de septiembre de 2017.
En aquella ocasión, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal consideró que la documentación aportada por la PGR no cumplía con el Tratado bilateral de extradición entre México y España , puesto que no se citaba “hecho alguno cuya comisión se atribuya personal y directamente” a Nava, sino que se hablaba genéricamente de delitos de la causa del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte. Argumentar que el detenido es el autor inequívoco de los delitos que se le imputan es una obligación establecida por los acuerdos de extradición con España.
Estos errores no son comunes, y en extradiciones recientes los representantes de la PGR han cumplido a la perfección con los requisitos de las autoridades españolas.
Los jueces del Pleno dejan claro que su decisión no admite recurso, pero abren la puerta a que México pueda volver a solicitar la extradición: “Sin incidirse en esta resolución en otras consideraciones distintas y sin perjuicio de poderse instar nueva reclamación extradicional por la República de los Estados Unidos Mexicanos”.
El auto incluyó un voto particular del magistrado Jose Ricardo de Prada, favorable a conceder la extradición porque entiende que las autoridades mexicanas sí han cumplido con los requisitos extradicionales.
Este juez argumenta que la Sección Tercera se pronunció en septiembre sin haber tenido acceso a toda la documentación, al encontrarse en el Ministerio de Justicia español la Nota Verbal enviada por México y que fue aportada posteriormente al procedimiento.
Esta Nota Verbal, un documento diplomático, “aporta un pormenorizado relato de los hechos que se refieren específicamente al señor Navas”, razona el juez De Prada. El juez considera que esta documentación adicional ampliaba de forma adecuada lo planteado por la petición original de extradición, “un relato breve y sintético pero suficientemente expresivo de los hechos, perfectamente válido a efectos de extradición”.
De Prada acusa al Pleno de una interpretación “ultraformalista” del Tratado de Extradición. Sin embargo, el Pleno no aceptó esta argumentación al considerar que la Nota Verbal, aportada en diciembre, no es un documento que forme parte del proceso de Nava Soria en México y que, por tanto, no puede tenerse en consideración en este recurso de índole formal.
La PGR reclama a Javier Nava por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita mediante el uso de empresas pantallas tras las que se encontraba dinero obtenido por Javier Duarte.
El auto del 21 de septiembre dejó sin efecto las medidas cautelares acordadas sobre Nava Soria, por lo que éste permanece en libertad provisional, después de haber estado encarcelado desde el día de su detención, el 19 de abril en Barcelona, siguiendo una orden de Interpol.