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Durante siete años Lilia y Celia sirvieron como trabajadoras domésticas al ex líder del Cártel de Sinaloa, Joaquín El Chapo Guzmán Loera, a quien le hacían de comer, le lavaban la ropa y realizaban la limpieza en los inmuebles donde solía refugiarse por periodos determinados.
Hoy ambas mujeres son procesadas por los delitos de delincuencia organizada, portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército y portación de arma sin licencia.
Fueron detenidas al interior de la casa habitación ubicada en Boulevard Jiquilpán 1002, esquina Río Quelite, Fraccionamiento Las Palmas, en Los Mochis, Sinaloa, donde El Chapo se encontraba el 8 de enero de 2016, día en que fue recapturado por fuerzas federales, tras seis meses de haberse fugado, por segunda vez, del penal de El Altiplano.
Están recluidas desde 2016 en el penal federal femenil de Coatlán del Río, Morelos, y en febrero pasado el juez Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en auxilio del juez Cuarto de Distrito en Morelos, les negó el amparo contra la resolución de la juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio Adscrita al Centro de Justicia Penal Federal, con sede en Cuernavaca, quien determinó vincularlas a proceso por los referidos delitos en septiembre de 2016.
Inconforme con la resolución, la defensa de Lilia y Celia interpuso el recurso de revisión 589/2017 ante el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito en turno, al considerar que las imputadas sólo realizaban labores domésticas y de limpieza, por lo que en ningún momento habrían participado en alguna conducta criminal.
Las declaraciones de Bernal, El Camarón, y Jesús Gabriel, El Mapache, detenidos también por la Marina, las señalan como las personas de mayor confianza de El Chapo, “y como las que, a través de sus ocupaciones, atendían a los miembros de su organización”.
La juez responsable en el auto de vinculación a proceso consideró que existen datos de prueba suficientes para determinar que estaban bajo las órdenes de El Chapo y que su trabajo doméstico contribuía a la operación de la organización criminal, “esto último debido a que dicha organización requiere de una logística a la que ellas contribuyeron y, por ende, forman parte del engranaje necesario para que la maquinaria de ese grupo operara”.
Para la defensa, la vinculación a proceso de las mujeres es una violación a sus derechos, ya que considera que sus actividades no están ligadas a la delincuencia organizada. Asegura que no está sustentada la acusación de la PGR de que portaban arma de fuego al momento de su detención, puesto que en dos videos presentados se aprecia que ambas fueron privadas de la libertad en un baño, sin armas, y no en un cuarto como señaló la Marina.
“Del contenido de dichas videograbaciones se aprecia (...) que elementos de la Marina efectuaron la detención de varias personas (...), pero de las imágenes no es posible advertir (...) si son las quejosas y menos que portaran armas o no”.