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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) ordenó a la PGR dar a conocer el número de personas, incluyendo funcionarios o ex funcionarios o directivos de Pemex, que han sido llamadas a declarar por el caso Odebrecht como parte de la investigación que lleva a cabo en contra de la empresa brasileña.
Lo anterior, al considerar que esa información debe ser entregada por existir un “interés público” superior a la reserva de la información invocada por la empresa del Estado mexicano, por tratarse de datos que forman parte de una investigación en curso.
Ello, luego de que el Ministerio Público Federal se negó a proporcionar los datos por estar reservados por cinco años debido a que forma parte de una pesquisa en curso.
El comisionado ponente, Joel Salas, expresó que en este tipo de casos debe aplicarse la excepción de la ley, que señala que no pueden reservarse datos cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción de acuerdo con las leyes aplicables.
La comisionada Areli Cano expuso que la información solicitada sólo refiere aspectos cuantitativos sobre la actividad desplegada por la PGR con motivo del caso Odebrecht, como la cantidad de personas que han sido llamadas a declarar, cuántas corresponden a servidores públicos de Pemex, así como directivos de Odebrecht y las fojas que integran la investigación.
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“Es decir, no se requieren aspectos específicos que pudiesen impactar directa o brevemente en la línea de investigación que se desarrolla, pues no se solicita acceder propiamente a la información que pudiese contenerse en las constancias de la indagatoria con las cuales se permite conocer circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre el desenvolvimiento de los hechos y líneas de investigación”.
El comisionado Óscar Guerra Ford expresó que la información solicitada es de tipo estadístico y muchos de estos datos ya han sido de carácter público en boletines de la PGR.
“Creo que no afecta de ninguna forma el desarrollo de las investigaciones que se están llevando en el caso de la empresa Odebrecht y que al contrario, digamos, por interés público, por lo que también me sumo a lo dicho por la comisionada Cano”.
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En su oportunidad, la comisionada Ximena Puente de la Mora aseguró que la información debe ser entregada por existir un interés público, conforme lo establece la Ley General de Transparencia.
“Es información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados.
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