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La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) avaló el blindaje establecido por el Congreso del Estado de México para evitar difundir los resultados de los exámenes de control de confianza de sus policías.
Este lunes, los ministros reconocieron la validez del artículo 109, último párrafo de la Ley de Seguridad del Estado de México, que establece la confidencialidad de los resultados de los procesos de evaluación, así como los expedientes que integren para ese efecto por contener datos personales que deben ser protegidos conforme a los principios y reglas que dispone la Ley General de la materia.
“Es constitucional el que el legislador haya dicho esos resultados y su expediente, únicamente, van a presentarse en procedimientos administrativos y judiciales y aplican las reglas de datos personales, sobre todo, sensibles. Sólo pueden darse con autorización del titular e, insisto, servidores públicos autorizados, como dice la ley, que en este caso, serán las autoridades administrativas y/o judiciales en estos procedimientos”, indicó el ministro Javier Laynez Potisek durante el debate.
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En tanto, los ministros invalidaron el artículo 139 , tercer párrafo de la misma ley que reservaba genéricamente los protocolos de actuación policial y prohibía su difusión o publicación por cualquier medio.
“Dicha norma establecía una reserva genérica, total e indeterminada incompatible con el derecho al acceso a la información pública, al impedir que se valore casuísticamente si la información debe o no ser pública”, señaló la Corte.
cev