La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por mayoría de votos, que el presidente Andrés Manuel López Obrador y la encargada del espacio denominado “Quién es quién en las mentiras”, Ana Elizabeth García Vilchis, realizaron adquisición indebida de tiempos en radio y televisión durante la conferencia de prensa del 7 de julio pasado.
En esa conferencia matutina, llevada a cabo en Palacio Nacional, García Vilchis exhibió el monitoreo en radio y televisión que realizaron tanto el Instituto Nacional Electoral (INE) como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en el marco de las campañas electorales, en donde se detallan los espacios que se dan a candidatos de todos los partidos políticos.
Pero la exposición hecha por García Vilchis, acompañada del presidente Andrés Manuel López Obrador, fue para acusar y posicionar la idea de que el partido Morena fue el que menos cobertura periodística tuvo en la campaña electoral e incluso que tuvo más notas negativas.
El magistrado Luis Espíndola fue el encargado de analizar el tema y elaborar el proyecto. En éste, determinó que en esa conferencia no existió promoción personalizada del Jefe del Ejecutivo federal; sin embargo, sí existió un uso indebido de los tiempos oficiales por parte de algunas concesionarias, además de que se utilizaron recursos públicos para posicionar a una fuerza política en específico.
En el proyecto se determinó que el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), Erwin Sigfrid Frederick Neumaier de Hoyos, y Jesús Ramírez, vocero de la Presidencia, también incurrieron en la infracción.
Castigan al guinda
Al partido Morena también se le determinó culpa por no haberse deslindado de los dichos que le favorecieron, por lo que se le impuso una multa de 17 mil 924 pesos.
El magistrado presidente de la Sala Regional, Rubén Lara Patrón, votó en contra del proyecto, pues consideró que no hubo llamados al voto y que los comentarios se hicieron a partir de un trabajo que elaboró el INE.
“No hubo un llamado expreso al voto”, mencionó.
La magistrada Gabriela Villafuerte, que votó favor del proyecto, indicó que en esa conferencia matutina del 7 de julio pasado sí hubo posicionamientos de corte político y con ello violación al artículo 134 constitucional.
“Veo propaganda de corte político, inversa, subliminal, que pone como víctima al partido político [Morena] y le da una posición de beneficio y trastoca los principios del servicio público”, comentó.
Como sanción se propuso exhortar al Presidente de la República a evitar volver a incurrir en dicha infracción. Sin embargo, la magistrada Villafuerte y el magistrado presidente, Rubén Lara, se opusieron a ello, por lo que el magistrado Luis Espíndola lo retiró del proyecto.
“Debe sancionarse a Vocería y Cepropie”: Sala Superior
A su vez, la Sala Superior del TEPJF rechazó la impugnación de la Vocería y del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) de la Presidencia, por lo que los encargados de esas áreas, Jesús Ramírez y Erwin Sigfrid, respectivamente, deberán ser sancionados.
Ambos funcionarios permitieron críticas del Jefe del Ejecutivo contra la alianza Va por México, integrada por PRI, PAN y PRD, durante la conferencia matutina del 23 de diciembre de 2020.
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