Las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, de la , realizaron la primera audiencia pública para analizar la reforma a la , en materia de improcedencia; y realizará dos más, los días 11 y 13 de octubre.

De 15 participantes que tenían en lista las comisiones unidas, sólo se presentaron nueve constitucionalistas y expertos en derecho, quienes expresaron su preocupación por que las modificaciones propuestas por el Ejecutivo, debilitan la ya que dificulta a los ciudadanos el acceso al amparo, en lugar de facilitar la protección de los derechos humanos ante los actos de la autoridad.

Juan Pablo Gómez Fierro, magistrado en retiro, afirmó que si se debilita la suspensión, el juicio de amparo perderá eficacia y “dejará de ser un instrumento de protección de Derechos Humanos… todos, todas quedaríamos expuestos a actos arbitrarios de autoridad sin un mecanismo como es la suspensión”.

Lee también

Realizan primera audiencia pública para analizar Ley de Amparo (9/10/2025). Foto: Enrique Gómez / EL UNIVERSAL
Realizan primera audiencia pública para analizar Ley de Amparo (9/10/2025). Foto: Enrique Gómez / EL UNIVERSAL

“Esto no es un privilegio de los tribunales, no es un poder de los jueces, es un derecho de los ciudadanos. El amparo no pertenece al poder judicial, el amparo es de la gente y creo que es importante poner en el centro esto, porque si reducimos este aspecto protector, estamos matando al juicio de amparo”, dijo.

Explicó que el artículo 128 de la reforma plantea introducir el concepto de interés público, que dificultaría acceder al amparo.

“Este artículo 128 aborda un concepto al que se denomina interés público… es un concepto adicional a los ya existentes, que deberá ser interpretado, y a mí me parece que este concepto se incluye para poder catalogar ciertos actos con base en este nuevo interés público, y que sea un nuevo obstáculo adicional a los ya existentes para el otorgamiento de la suspensión”, expresó.

Lee también

Ley de Amparo. Foto: Especial
Ley de Amparo. Foto: Especial

En su turno, Magdaleno Villanueva Flores, especialista en derecho laboral, dijo que en el artículo 107 de la Ley de Amparo se incrementan las causales de improcedencia, lo cual “en vez de facilitar su trámite y procedencia, lo complica y vuelve más técnico, y en consecuencia eso dificulta al gobernado la defensa de sus derechos humanos”.

“Con incredulidad vemos que la propuesta de reforma a la Ley de Amparo, que ya fue aprobada en el Senado, lejos de facilitar la procedencia y el trámite del juicio de amparo, lo vuelve más técnico y reduce la procedencia de éste, pues amplía el catálogo de causales de improcedencia que ya es bastante extenso, con las causales contenidas en el artículo 61 de dicha ley”, advirtió.

José Barrios Moreno, abogado constitucionalista, dijo que si el gobierno federal busca que la Ley de Amparo no se utilice como una herramienta para retrasar juicios, también se deben revisar otras leyes.

Lee también

“Si lo que estamos buscando es, precisamente, el que no se utilicen los mecanismos de defensa como medios dilatorios, también tenemos que ver lo que está pasando en otras cuestiones, y creo que vale la pena también echar un vistazo a lo que está sucediendo con la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversia, y la intención de aplicarla en materia administrativa y en materia fiscal, ahí creo que también es una cuestión en donde tenemos que poner atención, en el reglamento que emitió el propio Tribunal Federal de Justicia Administrativa”, detalló.

Por su parte, Luis Curiel Piña, vicepresidente del Consejo Directivo Nacional de la Asociación Nacional de Abogados de Empresas, propuso que en la reforma a la Ley de Amparo no se reduzcan los medios de garantía.

“La propuesta es dejar todos los medios de garantía que está en el Código Fiscal de la Federación… esos son medios ya revisados por la autoridad fiscal… está la carta de crédito, la fianza, el embargo de cuentas bancarias, la hipoteca, la prenda y el embargo de la negociación, porque muchas veces tenemos que llegar estos medios de garantía. Creo que dar los medios de garantía que está en el código sería más que suficiente”, dijo.

El presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Carol Antonio Altamirano (Morena), explicó que el sentido general de la reforma es que una vez agotadas las instancias, y en el caso de un asunto que ya haya sido impugnado y quedado firme, no se genere un procedimiento infinito, “para que si ya el contribuyente ha ejercido sus derechos, se aplique la justicia de manera eficaz”.

¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.

nro/apr

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses