El Gobierno de la República publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se emiten los criterios y especificaciones para la accesibilidad de las personas con discapacidad a los inmuebles de la Administración Pública Federal (APF).
El documento establece que las disposiciones son de observancia obligatoria para las dependencias y organismos federales y tienen por objeto regular las condiciones y requerimientos de accesibilidad, diseño universal y ajustes razonables que deben cumplir los inmuebles federales para garantizar a las personas con discapacidad la posibilidad de “entrar, desplazarse, salir, orientarse y comunicarse de manera autónoma, cómoda y segura al interior y al exterior de los espacios públicos en inmuebles federales en los que se desarrolla la actividad humana”.
Señala que las dependencias y entidades de la APF deberán llevar a cabo la construcción, remodelación, instalación, adaptación tecnológica y en general, las adecuaciones necesarias a inmuebles federales, así como en los inmuebles de los que el Gobierno Federal es propietario únicamente de una fracción de superficie, adaptándose para ello las medidas que aseguren la utilización de diseños, tecnologías y materiales idóneos.
El acuerdo aclara que cuando se trate de inmuebles federales que tengan un valor arqueológico, artístico o histórico, corresponderá a la Secretaría de Cultura autorizar los proyectos que permitan facilitar el acceso y desplazamiento de personas con discapacidad, así como verificar la ejecución de las obras.
Los inmuebles federales deberán contemplar la accesibilidad en formatos o medios para personas con cualquier tipo de discapacidad, considerando en particular las características de las personas con discapacidad física sensorial, visual, auditiva, intelectual y mental, por lo que la señalización y los servicios principales que se brinden serán complementados con pavimentos táctiles, señalización audible, sonora, lumínica, en sistema de escritura Braille, iluminación y patrones de colores neutros y señalizaciones de fácil comprensión en lengua de señas mexicana, entre otras.
“Cualquier señalización dentro de los inmuebles federales deberá ser susceptible de percibirse al menos por dos de los siguientes sentidos: oído, vista o tacto, ya sea directamente o por medio de elementos tecnológicos de carácter general”, se refiere.
El documento advierte que “la denegación de estos ajustes razonables” representará un acto de discriminación por motivos de discapacidad.
“En caso de incumplimiento injustificado a lo establecido en el presente Acuerdo, se deberá dar vista al Órgano Interno de Control o a la autoridad competente, para que en el ámbito de sus atribuciones imponga la sanción o, en su caso, recomendación correspondiente”, subraya.
Las modificaciones y adaptaciones a los inmuebles federales se realizarán con cargo a las partidas presupuestarias asignadas para obra, mantenimiento y conservación de inmuebles, ya sean propios o en arrendamiento, en términos de las disposiciones aplicables, siempre y cuando se cuente con la suficiencia presupuestaria en el ejercicio fiscal correspondiente, aclara el documento.
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