El Instituto Nacional de Transparencia (Inai) interpondrá ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), pues considera que viola los derechos humanos, el acceso a la información y la protección de datos personales de los millones de usuarios de celulares.
En sesión virtual, los siete comisionados del Inai advirtieron ayer que diversos artículos de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que ordena la creación del Panaut, restringen libertades y garantías de los usuarios establecidas en la Constitución, además de que la entrega de datos biométricos hacia autoridades de seguridad no disminuye ciertos delitos, como el secuestro y la extorsión.
“Advertimos que diversas disposiciones de dicho decreto causan afectaciones de distintos tipos a los derechos humanos, de acceso a la información y de protección de datos personales consagrados en los artículos 6 y 16 de nuestra Carta Magna”, sentenció la presidenta del Inai, Blanca Ibarra Cadena.
Expuso que es contrario a la ley condicionar el servicio de telefonía celular a cambio de la entrega de datos biométricos de las personas usuarias, como se exige en dicha norma.
“La lectura del decreto referido permite advertir problemas constitucionales relacionados con la falta de proporcionalidad en la intervención a derechos humanos que implican la creación de un padrón que incluye datos biométricos de las personas usuarias del servicio de telefonía en el que resulta obligatorio registrarse so pena de la cancelación del servicio, medida que también tiene efectos retroactivos en perjuicio de las personas que cuentan con el servicio de telefonía móvil desde antes de la entrada en vigor de la reforma”, añadió.
El comisionado Adrián Alcalá Méndez afirmó que el efecto de la reforma es claro: los datos a cambio del celular, no hay opciones, lo que calificó de preocupante porque “nadie en el mundo comparte los datos biométricos, son datos únicos e irrepetibles, de ahí su importancia”.
En su argumentación, Alcalá Méndez respondió al subsecretario de Seguridad Pública federal, Ricardo Mejía Berdeja, que en la ley no se advierte de qué manera se facilitaría la investigación en la persecución de delitos con la obtención de los datos personales y biométricos.
“Este padrón surge bajo la premisa de que facilitará la investigación de los delitos que se cometen con equipos celulares, como secuestro, extorsiones y acoso; entonces, debemos preguntarnos: ¿es realmente necesario e indispensable que entreguemos toda esta información para lograrlo? Aparentemente, la respuesta es no”, mencionó.
Alertó que si el Panaut fuera vulnerado, divulgado o vendido habría una afectación irreparable y no habría manera de proteger los datos que contiene, pues no hay modo de cambiar los datos biométricos.
“Contar con una base con los datos biométricos de casi 90 millones de personas implica medidas de seguridad para garantizar su seguridad y quien posee esta información debe tener la capacidad de implementarlas, pues en ningún lugar del mundo habrá dos personas con las mismas huellas digitales o con los mismos iris”, sostuvo.
En tanto, la comisionada Josefina Román Vergara señaló que no es necesaria la recolección de datos biométricos de los usuarios, ya que, además de ser “excesivo”, existe el Registro Nacional de Población (Renapo).
“No se precisa qué tipo de datos biométricos deberán ser proporcionados, no se señala de manera determinada, explícita y legitima cuál es el objetivo de la obtención de dicha información”, apuntó.
El comisionado Óscar Guerra Ford manifestó que el análisis que realizará la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la constitucionalidad de la Ley de Telecomunicaciones permitirá definir los parámetros y estándares que rijan la actuación de las autoridades.