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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF ) confirmó la multa de 725 mil 400 pesos al partido Morena , misma que fue impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) por incumplir con obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
Los 80 mil 600 pesos que impuso el INE por cada infracción derivaron de las denuncias presentadas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ante la inobservancia del partido de publicar en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT).
Dicha información está relacionada con formatos de contratos y convenios para la adquisición o arrendamiento de bienes y servicios; actas de sesiones ordinarias y extraordinarias; gastos de representación y viáticos; método de selección de candidatos y sus obligaciones, así como de los derechos de los aspirantes y candidatos; informes de resultados de las auditorías a ejercicios presupuestales; montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial; tabulador de remuneraciones; resultados de la dictaminación de los estados financieros y las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas.
Morena cuestionó la legalidad de las resoluciones del INE, porque se emitieron fuera del plazo legalmente previsto, además de que fue incorrecta la individualización de las sanciones y la multa es excesiva.
El Pleno de la Sala Superior del TEPJF determinó que de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales, el INE es competente, entre otras cuestiones, para vigilar que las actividades de los partidos políticos nacionales se desarrollen con apego a la normativa que les resulta aplicable y, de ser el caso, para conocer de las infracciones e imponer las sanciones que correspondan, por el incumplimiento de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública.
cg