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La Auditoría Superior de la Federación determinó que durante 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) gastó 276 millones 904 mil 400 pesos en adjudicaciones directas en las que no se garantizaron las mejores condiciones en el ejercicio de los recursos.
En la tercera entrega del informe de la revisión de la Cuenta Pública 2017 , la ASF señaló que, además, la Corte adquirió diversos libros, de los cuales no se acreditaron los elementos por los que se determinaron los títulos, editoriales y número de ejemplares adquiridos.
“Se erogaron 276,904.4 miles de pesos mediante 183 procedimientos de adjudicación directa por haberlas considerado "Urgentes", "Especiales" o "Renovación Sin Procedimiento de Adjudicación" , de las que se identificó que no se garantizaron las mejores condiciones para la SCJN.
“El marco normativo en materia de adquisiciones de material bibliográfico y hemerográfico no considera los elementos que garanticen las mejores condiciones para la SCJN , ni tampoco se acreditaron los elementos mediante las cuales se determinaron los títulos, editoriales y número de ejemplares de diversos libros adquiridos”, indica el dictamen de la Auditoría.
La ASF revisó el gasto de 2 mil 779 millones 766 mil 600 pesos que realizó la SCJN del p resupuesto total que recibió en 2017 que fue de 4 mil 469 millones 492 mil 100 pesos.
Aunque determinó que el Máximo Tribunal del país ejerció sus recursos de manera razonable observó que el Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación no contiene la información completa y detallada conforme a lo dispuesto por el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio 2017 .
“El monto del Impuesto Sobre la Renta por un millón 674 mil 900 pesos que debió considerarse con cargo al personal de honorarios, fue absorbido por la SCJN ; la percepción por ‘Ayuda de anteojos’ no fue incorporada a la base del cálculo del Impuesto Sobre la Renta”, determinó la ASF .
El organismo señaló opacidad en la operación del sindicato de los trabajadores de la SCJN pues no está obligado por ley a comprobar la entrega-recepción de los bienes que se adquieren para sus agremiados en calidad de prestaciones.
mpb