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La Secretaria de Cultura federal, María Cristina García, y el delegado de la Gustavo A. Madero, Víctor Hugo Lobo, estuvieron a unas horas de ser destituidos de sus cargos y consignados ante un juez penal por el delito de desacato a un mandato judicial.
Durante la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que el ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, lanzó un llamado a todos los funcionarios a cumplir y hacer cumplir las leyes y sentencias de amparo, el secretario general de Acuerdos de la Corte, Rafael Coello Cetina, informó que ayer fueron presentados dos escritos relacionados con los incidentes de incumplimiento de sentencia en los que se proponía la destitución del jefe delegacional y de la secretaria de Estado.
El secretario de Acuerdos dijo que el 8 de noviembre a las 23:55 horas, el magistrado presidente de la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje informó que la Secretaría de Cultura dio cumplimiento a un laudo, emitido en junio de 2011, con relación a tres quejosos que consiguieron amparo para obligarla a cumplir.
La propuesta de resolución establecía la destitución de la titular de la Secretaría de Cultura y su consignación ante un juez de procesos penales federales por desacato.
Desde 2016, año en que se concedió el amparo a los tres quejosos, no dio cumplimiento al laudo que le ordenaba basificarlos, dos de ellos como tramoyistas y otro como asistente técnico, reconocerles la antigüedad, inscribirlos de manera retroactiva al ISSSTE y pagar las aportaciones a dicho instituto por el fondo de pensiones que les correspondería.
El asunto laboral inició en 2004, el laudo fue emitido en junio de 2011 y, ante la falta de cumplimiento, los trabajadores promovieron un amparo que les fue concedido en 2016, cuyo incumplimiento fue sometido a la Corte.
El ministro ponente solicitó al pleno retirar el asunto para analizar el oficio del tribunal federal y formular un nuevo proyecto.
Desde 2015, pleito en Gustavo A. Madero. Luego, Coello Cetina expuso la propuesta del incidente de incumplimiento de sentencia contra el titular de la Delegación Gustavo A. Madero, Víctor Hugo Lobo, por no dejar sin efectos una orden de visita de verificación de construcción y edificación conforme a una resolución de amparo emitida el año pasado.
El caso inició en junio de 2015, cuando el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal anuló una orden de visita de verificación de construcción y edificación emitida por la delegación.
El jurídico de la demarcación impugnó y el asunto llegó al amparo, instancia en la que la juez Decimoquinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió a la particular la protección de la justicia federal para que la delegación diera total cumplimiento a la sentencia de nulidad.
El proyecto, realizado por el ministro Javier Laynez Potisek, establecía la destitución del delegado y del director del Jurídico de la demarcación, Ignacio Ruiz Avilés, así como su consignación por el desacato en que incurrieron.
También pretendía requerir a quienes les sucedieran en los cargos para que dieran cumplimiento inmediato a la sentencia de amparo.
El secretario de Acuerdos advirtió que el 8 de noviembre a las 15:16 horas el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en la capital informó que la delegación dio cumplimiento a la sentencia de nulidad a favor de Aceros la Brecha, S.A. de C.V.
El ministro Laynez solicitó retirar el asunto para analizarlo y formular un nuevo proyecto.
La Corte prevé discutir en el pleno, en los próximos meses, un asunto de incumplimiento más.
Por el orden de la lista, revisado por EL UNIVERSAL, es posible que el asunto sea discutido hasta enero de 2018.
Se trata de un incidente de incumplimiento promovido contra un agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada de la Procuraduría General de la República.
El amparo, concedido a una ciudadana investigada por delincuencia organizada, ordena dejar sin efectos el aseguramiento decretado sobre el vehículo de la quejosa, pues en la averiguación previa no existe constancia de que el automóvil sea utilizado para cometer el delito.