Más Información
Sindicato de controladores aéreos alerta por malas condiciones en infraestructura y comunicaciones; denuncia además falta de pagos
Se estrella avión de Jeju Air en aeropuerto de Corea del Sur y reportan al menos 120 muertos; sigue aquí el minuto por minuto
VIDEO: Así fue el momento en que el avión de Jeju Air se estrella en Corea del Sur; iban 181 personas a bordo
Líder de MC en Michoacán pide investigar a Anavel Ávila, alcaldesa de Coalcomán; la edil agradeció a “El Mencho” y al CJNG por juguetes
“¡Arráncate, Coalcomán!”; así fue la campaña de Anavel Ávila, ligada al “Mencho”, con Movimiento Ciudadano
Sheinbaum anuncia construcción de Farmacias del Bienestar en 2025; asegura habrá medicamentos gratuitos para personas vulnerables
Los padres de familia podrán deducir hasta 24 mil 500 pesos del costo de las colegiaturas de sus hijos que estudien en los niveles de preescolar a bachillerato o profesional técnico en escuelas privadas , en su declaración anual de impuestos .
Se trata del Estímulo fiscal por el pago de servicios educativos o colegiaturas que otorga el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los contribuyentes; y que se decretó desde 2011 durante la administración del ex presidente Felipe Calderón Hinojosa.
El objetivo de la medida es mitigar la carga tributaria para las personas físicas, sin importar que sean asalariadas o cobren por honorarios, siempre y cuando que tengan a sus hijos, esposos o ellos mismos en escuelas particulares.
Para poder acceder a este beneficio, es necesario que los programas y planes de estudios de los planteles estén reconocidos por la SEP; además, los colegios deben estar registrados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para poder expedir facturas.
"Hay personas que en su relación laboral, prestan un servicio y tienen un patrón; este tiene la obligación de hacer la declaración de impuestos por ellos pero si las personas rebasan los 400 mil pesos de ingresos anuales, pueden hacer sus propias declaraciones de impuestos. Además, puedo indicarle al patrón a través de una carta que yo voy a hacer mis trámites y ahí puedo meter mi deducción de impuestos por colegiatura", explicó Ángel Méndez catedrático de la Escuela de Negocios de la Universidad Lasalle.
De acuerdo con la información sobre este estímulo fiscal que publica el SAT en su página de internet, se pueden deducir anualmente: hasta 14 mil 200 pesos de preescolar; de colegiaturas de primaria, hasta 12 mil 900 pesos; hasta 19 mil 900 pesos de secundaria; 17 mil 100 pesos de profesional técnico; y 24 mil 500 pesos de bachillerato o su equivalente.
Es importante que los padres de familia sepan que este beneficio únicamente cubre el pago de las colegiaturas, lo que quiere decir que no se pueden deducir, por ejemplo, las cuotas de inscripción o reinscripción; si los niños están becados en un porcentaje, por ejemplo 50%, sólo se puede deducir el 50% restante que paga la familia.
"Una deducción tiene como objetivo bajar la base del impuesto y por lo tanto, contribuir con una cantidad inferior. Se tienen que cumplir ciertos requisitos: al momento de hacer el pago de la colegiatura, la escuela tiene que expedir un comprobante fiscal, cuando se haga la declaración, ellos deben tener a la mano esas facturas y hacerlo deducible", comentó.
Los comprobantes fiscales que entreguen las escuelas deben incluir:
* Nombre de la escuela incluyendo domicilio fiscal y clave del RFC.
* Número de folio.
* Lugar y fecha de expedición.
* RFC de la persona a favor de quien se expide.
* Cantidad y descripción del servicio.
* Valor unitario en número, e importe total en número o letra; en su caso, los impuestos que correspondan, como el IVA.
* Señalar si el pago se hace en una exhibición.
Para aprovechar el beneficio fiscal, en la descripción del servicio debe precisarse: nombre del alumno y CURP; nivel educativo; indicar por separado el concepto y valor de la colegiatura; RFC del contribuyente que paga.
Hoy en día la declaración anual se puede realizar por internet, por lo cual es necesario hacerlo desde la página del SAT y en el apartado sobre las deducciones a las que se tiene derecho, se debe incluir el monto total de lo que se quiere deducir y el cual no puede ser superior a los límites descritos.
De acuerdo con el decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, se pueden deducir las colegiaturas de la escuela del propio contribuyente, de su esposo o esposa, concubinos e hijos.
Para que la deducción “pase” es necesario guardar los comprobantes fiscales que se generen mes con mes tras el pago de las colegiaturas, que estos contengan todos los requisitos demandados por el SAT, y que cuando el monto de la colegiatura sea mayor a dos mil pesos, se pague vía depósito o transferencia bancaria.
"La deducción no me va a regresar el monto de la colegiatura. La deducción funciona así: yo acumulo todos mis ingresos al año, le quito todos mis gastos y obtengo un saldo, a ese saldo todavía tengo derecho de quitarle algunas deducciones como la colegiatura, y voy a llegar a una base. A esa base se le aplica un factor o un porcentaje y eso es lo que tengo que pagar de impuestos", explicó el experto.
"A lo largo del año, gané mil pesos de impuestos y mi patrón me estuvo reteniendo una cantidad cada mes; si al hacer el cálculo anual yo tenía que pagar menos impuestos de los que se me retuvieron en el año, se me regresa la diferencia. La deducción lo único que hace es bajar la base del impuesto", ejemplificó.
Los seis puntos básicos para deducir colegiaturas
* La escuela debe contar con autorización o reconocimiento de validez oficial por la SEP.
* La escuela debe emitir comprobantes fiscales. Ten a la mano el nombre del colegio y su RFC para que lo cheques en este link: http://consultaescuelas.sat.gob.mx/Scade.Net.ConsultaEscuelasPrivadas/Default.aspx
* Que el comprobante contenga el nombre completo, CURP y nivel educativo del alumno
* Que se precise por separado el importe y concepto de los servicios que corresponden exclusivamente a la enseñanza del mismo.
* No se pueden deducir inscripciones, cuotas de mantenimiento, material educativo, transportación escolar, materias o cursos adicionales, uniformes y/o exámenes.
* Debes pagar con cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.