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alberto.morales@eluniversal.com.mx
El Inai ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dar a conocer los impuestos pagados por el Congreso de Morelos, de 2010 a mayo de 2017, desglosando tipo de impuesto pagado, monto económico y fecha de cada uno de los pagos efectuados.
En su respuesta inicial, el SAT señaló que la información correspondiente a las declaraciones y pagos está clasificada como confidencial, en virtud del secreto fiscal.
Inconforme, un ciudadano interpuso un recurso de revisión ante el Inai argumentando que el instituto resolvió que las instituciones públicas no son sujetos del secreto fiscal.
Del análisis del caso, la ponencia de la comisionada Patricia Kurczyn recordó que se considera confidencial la información protegida por el secreto fiscal cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos.
En este caso, el Congreso de Morelos recibe y ejerce recursos públicos, que le son asignados de forma anual de conformidad al presupuesto de egresos.
Kurczyn apuntó: “El secreto fiscal no puede actualizarse en los casos en los que los particulares soliciten información de entes públicos, toda vez que estos se allegan, utilizan y administran recursos públicos que se encuentran sujetos al principio de transparencia y rendición de cuentas”.
Destacó que transparentar y difundir la información que involucre el ejercicio de los recursos públicos, incluyendo el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos obligados, contribuye a la rendición de cuentas y a fortalecer la confianza ciudadana.
“Debemos resaltar que ha sido criterio reiterado de este pleno, la apertura de información tributaria que involucre el ejercicio de recursos públicos”, declaró.
De acuerdo con el Criterio 05/17 del Inai, la información patrimonial de personas morales de derecho público no lesiona el bien jurídico tutelado que ampara el secreto fiscal, dado que ejercen recursos públicos sujetos al principio de transparencia previsto en el artículo 134 constitucional y a la rendición de cuentas.
La comisionada añadió que, por mandato constitucional, la información relativa a la administración de los recursos económicos de la Federación, los estados, los municipios, la Ciudad de México y los órganos político-administrativos deben sujetarse a dicho principio de transparencia.
A propuesta de Kurczyn, el Inai revocó la respuesta del SAT e instruyó entregar la información relativa a los impuestos que han sido pagados por el Congreso de Morelos, desde 2010 hasta mayo de 2017; precisando tipo de impuesto pagado, monto económico y fecha de cada uno de los montos.