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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé declarar constitucional el descuento que se realiza a los militares sujetos a proceso penal, siempre y cuando el dinero que les quede sea suficiente para su supervivencia.
Los integrantes de la Segunda Sala discutirán la propuesta del ministro José Fernando Franco González Salas, en la que el descuento que se realice a los elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional sujetos a un proceso no implique que el dinero que les quede sea menor al del rango inferior de la institución.
El asunto derivó de un amparo en revisión promovido por el soldado Marcelino García Rosas, el cabo Euribe Gallardo Marín y el teniente José Manuel González Gómez, adscritos a la 35 Zona Militar en Guerrero, a quienes se les dictó auto de formal prisión por abuso de autoridad.
Desde enero de 2017 fueron dados de alta en el grupo de militares procesados y se ordenó realizar el descuento de 50% a sus salarios y de 100% a sus percepciones ordinarias, como se establece en el Reglamento de los Grupos Militares Procesados y Sentenciados, el cual determina que a los militares que se les dicta auto de formal prisión o sujeción a proceso sólo se les debe pagar 50% de sus haberes como medida cautelar pues, si son declarados inocentes por falta de pruebas o por sentencia definitiva, se les regresa lo que dejaron de percibir.
En el proyecto que el ministro Franco González Salas presentará hoy, se prevé declarar que este descuento es incluso benéfico para los militares procesados.
“Los artículos impugnados son benéficos a los militares procesados, pues se les continúan otorgando sus haberes en las proporciones mencionadas, no obstante que no prestan las funciones ordinarias, además de que se les permite dedicar la atención debida para su defensa en el proceso penal al que están sujetos”, indica el proyecto.
El ministro concluyó que a los quejosos se les descontó más dinero porque mensualmente percibieron menos del haber más bajo que se cubre al personal militar.
Prevé ordenar a la Sedena que, aunque se realice el descuento, se garantice a los demandantes la cantidad suficiente para cubrir sus necesidades mínimas durante el proceso penal hasta que se determine su responsabilidad.