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La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) , debe dar a conocer los documentos que acrediten la aceptación de la recomendación 93/2019 por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) , relacionada con la protección de la vaquita marina y otras especies marinas, instruyó el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Esto como respuesta a la solicitud de una persona que requirió los documentos que acrediten la aceptación de la recomendación 93/2019 por parte de la Profepa, con respecto a la protección de la vaquita marina, la totoaba y otras especies endémicas de la reserva de la biósfera del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
La CNDH a través de la Coordinación General de Seguimiento de Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos, respondió al pedimento diciendo que el instrumento recordatorio fue dirigido a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), a la Profepa y a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca).
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También indicó que la aceptación de la recomendación por parte de la Semarnat se dio a través del oficio 112-6465, el cual puso a disposición del solicitante en versión pública, ésto inconformó al particular, pues la información proporcionada no correspondía a lo que había pedido.
El organismo garante señaló que la aceptación del instrumento recomendatorio por parte de la Profepa fue a través de un oficio distinto recibido el 30 de octubre de 2019.
Y remitió documentos del caso que ha generado para la valoración de la aceptación y seguimiento de esta recomendación, pero omitió el oficio requerido.
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Por ello, la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena verificó que la información puesta a disposición no correspondía con lo solicitado, pues se trataba de documentos, pruebas y constancias remitidas por la Semarnat cuando el particular requirió los documentos, pruebas o constancias que acrediten la aceptación por parte de la Profepa.
La comisionada concluyó que el oficio suscrito por la Profepa y recibido por la CNDH el 30 de octubre de 2019, es el documento que atiende la solicitud dado que constituye la constancia que acredita la aceptación de la recomendación por parte de la procuraduría.
Por otro lado, Ibarra Cadena también determinó que la clasificación invocada por el CNDH fue respecto de información contenida en las constancias que integran las pruebas de cumplimiento del expediente en seguimiento, por lo que la clasificación no formó parte del caso.
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Agregó que este recurso de revisión es importante ya que en las últimas décadas la población de vaquita marina ha disminuido en más de un 90% y en gran parte se debe a la pesca ilegal de totoaba, cuyo alto valor en el mercado asiático por sus vejigas natatorias provocó una demanda y tráfico que mermó a su población en niveles históricos.
“Sin duda, esa región debe ser considerada como un área prioritaria de conservación por la gran diversidad de flora y fauna que resguarda y su importancia en las actividades pesqueras y comerciales de la región”, puntualizó Ibarra Cadena.
Ante ello, la comisionada ponente propuso al Pleno revocar la respuesta emitida por la CNDH a efecto de que proporcione al solicitante el documento que acredite la aceptación por parte de la Profepa sobre la recomendación 93/2019.
vare/ml