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El Tribunal Electoral debe analizar el contexto de cada caso de violencia política de género, y si bien los periodistas pueden cometer estos actos, también se debe privilegiar el derecho a la libertad de expresión, señaló el magistrado Felipe de la Mata.
Durante la conferencia magistral, mencionó un precedente, en el que en un noticiero, se utilizaron imágenes de una candidata a diputada de una sesión que hizo diez años antes, como modelo usando poca ropa.
“Me parece que esta fue la primera vez que se estableció que podía haber violencia política de género en espacios informativos. Este caso fue complicado también, porque hemos históricamente establecido que existe el manto jurídico protector de la profesión del periodista, de acuerdo”, dijo el magistrado.
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Señaló que se creó una jurisprudencia de manto jurídico protector del periodismo para que quedara claro de privilegiar la libertad de expresión en estos casos.
“Y una cuestión que también era importante, que era siempre tenía el oficio de periodista o la actividad periodística una presunción de buena fe y, por lo tanto, de que estaba adecuadamente llevándose a cabo la labor del periodista”, apuntó Felipe de la Mata.
Sin embargo, casos como el anterior, demostraban que sí podía haber sanciones a noticieros por violencia política, aunque muy pocos casos han resultado en este sentido.
“Los periodistas si bien su labor es fundamental en el estado democrático, también pueden cometer VPG en el debate, en el ejercicio de su labor periodística, y este caso me lo demostró, Sin embargo, ojo, para mí fue bien difícil este caso”, relató.
Subrayó la importancia de analizar la semántica de las palabras, definir el sentido y precisar la expresión objeto de del mensaje.
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“A partir del momento y lugar en que se emite para la cual deberán considerar los usos, costumbres, regionalismos del lenguaje y condiciones socioculturales del interlocutor”, apuntó.
Recordó que el primer caso en el que el Tribunal Electoral determinó la existencia de violencia política de género fue en 2018, cuando se ordenó bajar un spot contra una candidata, en el que denostaban su trayectoria por ser esposa del exgobernador.
“La esposa del exgobernador la pusieron o regalaron el cargo solo para que su esposo —el exgobernador— se reeligiera y siguiera al mando”, decía el spot.
Otro caso, en 2021, cuando un precandidato a gobernador dijo: “Las mujeres que ejercen política son menos listas, pues en lugar de buscar que las mantengan, quieren trabajar”.
“Bueno, evidentemente estamos ante frases de corte violentas, donde se trata, como consecuencia de esto, otra vez estamos ante estereotipos machistas de género. Creo que eso es más que evidente. Las mujeres no deben trabajar, las mujeres deben servir, incluso a los hombres en el servicio doméstico”, expuso el magistrado Felipe de la Mata.
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bmc