La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición de sembrar, cultivar y cosechar (cáñamo) con fines industriales.

Por unanimidad, los integrantes de la Sala ampararon a la empresa Desart MX contra los artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal que prohíben esta práctica, pues consideraron que esto viola el derecho humano de libertad del trabajo y de comercio.

"La medida legislativa impugnada impide absolutamente la siembra, cultivo y cosecha de cannabis para fines industriales, cuando para alcanzar los objetivos que pretende la prohibición, podría constreñirse a implementar una serie de medidas similares a las que, para los fines médicos y/o científicos se prevén, tales como las de autorización, monitoreo, control, prevención y fitosanitarias", indicó la Sala.

Desde 2017 ambas leyes únicamente permiten el cultivo de marihuana con fines médicos o científicos.

En consecuencia, el amparo concedido tendrá el efecto de que las autoridades sanitarias deberán expedir a la empresa el permiso para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo, siempre y cuando garantice que la planta produzca concentraciones iguales o menores al 1% de THC, componente psicoactivo de la marihuana.

Sin embargo, antes de expedir el permiso, un Tribunal Colegiado deberá revisar otros puntos reclamados por la empresa sobre el documento en el que le negaron el permiso solicitado para el uso industrial de cannabis.

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ed

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