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La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto, planteó ordenar al Senado de la República que sustituya al Comité de Evaluación del Poder Judicial, que interrumpió el proceso de selección de candidaturas a juzgadores, y someta a insaculación a todas las y los aspirantes que resultaron elegibles, eliminando la etapa de verificación de si son o no idóneas para participar en la elección judicial del 1 de junio.
En su proyecto de resolución, que será analizado por la Sala Superior este lunes, la presidenta del TEPJF califica de "inadmisible" el “incumplimiento y desacato” del Comité de Evaluación Judicial a la sentencia que le ordenaba reactivar de inmediato el proceso de selección de candidaturas para la elección judicial.
Mónica Soto propone adoptar la figura de “cumplimiento sustituto" para reparar el daño a las personas que se inscribieron en el Comité de Evaluación del Poder Judicial.
El proyecto detalla que el Senado asuma esta responsabilidad y ante el poco tiempo para concluir el proceso realice una tómbola con todos los perfiles que ya cumplieron los primeros requisitos de elegibilidad, pero sin pasar por la etapa de revisión sobre si son o no las personas más idóneas para estar en la boleta.
"Esta Sala Superior determina que, en plenitud de jurisdicción, la Mesa Directiva del Senado de la República tome los acuerdos, lineamientos y formularios requeridos, relativos a efectuar la fase de insaculación pública a todas aquellas personas que resultaron con un dictamen favorable de cumplimiento de requisitos de elegibilidad emitido por el Comité de Evaluación responsable, sin que sea factible realizar el procedimiento para evaluar la idoneidad de las personas aspirantes ante lo avanzado de las etapas del procedimiento y la proximidad de la fecha de remisión de la lista de las personas elegibles que será a más tardar el treinta y uno de enero del año en curso", expone Mónica Soto en su proyecto.
De aprobarse este proyecto, el Senado tendrá un plazo máximo de 24 horas a partir de la notificación de la sentencia incidental para emitir el acuerdo, medidas y lineamientos necesarios que estime pertinentes para realizar el procedimiento de insaculación pública.
La presidenta del TEPJF explica que la orden de este tribunal para que el Comité de Evaluación del Poder Judicial reanudara de inmediato su proceso de selección de candidaturas judiciales es de cumplimiento irrestricto e inatacable, por lo que ninguna autoridad, así sea de la Suprema Corte, puede cuestionar su validez, al carecer de competencia constitucional en el ámbito de la materia electoral.
Lo contrario, señala, implicaría modificar el orden jerárquico de las autoridades electorales para sujetar las resoluciones definitivas y firmes del Ttribunal Eelectoral del Poder Judicial de la Federación, máxima autoridad jurisdiccional en la materia, a las decisiones de otras autoridades, en contravención a la Constitución, y también significaría usurpar atribuciones concedidas únicamente al TEPJF.
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