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Diana Selene Medina Hernández, jueza de control del Centro de Justicia Penal Federal, con sede en el Reclusorio Oriente, canceló la audiencia inicial del caso María Amparo Casar, programada para este martes, en la cual la Fiscalía General de la República (FGR) imputaría el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades a María Amparo Casar Pérez, por la presunta pensión irregular que tiene en Petróleos Mexicanos (Pemex).
Lo anterior debido a que la juzgadora pidió a la Fiscalía General de la República continuar la acción penal con el juez de Distrito, con sede en el Reclusorio Norte, quien ya tiene conocimiento de los hechos que pretende judicializar.
Y que es la FGR reportó a Medina Hernández, en dos escritos de la primera semana de diciembre, que un juez de Distrito del Reclusorio Norte tiene conocimiento de la carpeta de investigación FED/FEMCC/FEDHCAE-CDMX/0000221/2024, la cual se sigue contra Casar Pérez y dos personas más de Pemex, en la que autorizó las técnicas de investigación 224/2024 y 315/2024.
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En consecuencia, Diana Selene Medina Hernández ordenó a la Administradora del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Oriente, Liliana Cárdenas Tapia, dejar sin efectos la audiencia del 16 de diciembre y archivar el asunto.
Sin embargo, dejó a salvo la posibilidad para que la Fiscalía General de la República continúe el trámite de la acusación ante la autoridad que conoció de los hechos.
"Por tanto, se instruye a la administración de este Centro de Justicia realice la baja administrativa y las anotaciones en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, así como las gestiones respectivas para dejar sin efectos la audiencia señalada con relación a este asunto para las dieciséis horas con quince minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veinticinco".
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En acuerdo emitido el viernes pasado, la jueza Medina Hernández, arremetió contra la Administradora del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Oriente, Liliana Cárdenas Tapia, quien programó la audiencia solicitada por la FGR antes de realizar el procedimiento correspondiente, ya que emplazó a la Fiscalía para que informara si diverso juez había tenido intervención en el caso.
"Siendo que, inclusive la suscrita juzgadora ordenó hacerle del conocimiento que, hasta en tanto trascurriera el plazo otorgado o desahogada que fuera la vista por la fiscalía, esta juzgadora estaría en aptitud de hacer el pronunciamiento correspondiente y, de ser el caso, se podría señalar la audiencia peticionada".
Ante ello, Diana Selene Medina Hernández calificó como una conducta "contumaz" de la Administradora, a quien conminó para que, en lo subsecuente, evite incurrir en ese tipo de omisiones "injustificadas, en detrimento de los justiciables".
Y le advirtió: "En caso de reiterar esa conducta contumaz, se dará vista al Órgano de Administración Judicial, para que tome las medidas necesarias al respecto. Sin que esta juzgadora sea ajena a las funciones de la administración de este Centro de Justicia, entre las que se encuentran, todas las gestiones necesarias para la programación de audiencias con la finalidad de procurar el correcto uso y aprovechamiento de las salas de audiencias; empero, sin que para ello implique soslayar las determinaciones jurisdiccionales que se deban emitir en los respectivos asuntos, debiendo respetarse los plazos y términos procesales que para tal efecto se prevén".
dft
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