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El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) acordó que todos los jueces especialistas en arraigo e intervención de comunicaciones son los competentes para resolver si el Ministerio Público puede o no acceder a información financiera o bloquear cuentas bancarias.
El acuerdo del CJF fue emitido a dos años de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la facultad que tenía el Ministerio Público para pedir a los bancos o a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) información sobre los cuentahabientes o asegurar cuentas.
En este tiempo, casos como el de Emir Garduño Montalvo, Lord Rolls Royce, quien estaba acusado por defraudación fiscal equiparada, encontraron salida con este argumento, ya que la defensa del empresario utilizó el criterio de la Corte para que en abril de 2018 fuera absuelto.
También el exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, obtuvo un pequeño beneficio de este criterio, pues aunque la Fiscalía General de la República (FGR) ya tenía su información bancaria, que obtuvo de la CNBV, los fiscales del caso intentaron evitar una nulidad y solicitaron al juez de Control en el Reclusorio Norte que autorice la entrega de dicha información.
La petición le fue negada bajo el argumento de que “no se puede investigar nuevamente lo ya investigado”. Originalmente, Duarte de Ochoa estaba acusado de delincuencia organizada y lavado de dinero, pero la FGR cambió la acusación por asociación delictuosa (delito no grave), por lo que el exmandatario estatal fue condenado a nueve años de prisión.
El criterio también fue aplicado en el caso de la exlideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo, y forma parte de los argumentos de la resolución que la declaró absuelta, por la que en agosto de 2018 logró su libertad.
Ante la Corte, la Fiscalía General de la República ha afirmado que no se sabe qué juez de Control es el competente para resolver esta solicitud de información bancaria, razón por la que ha litigado para evitar que este criterio afecte las acusaciones e investigaciones.
En su acuerdo, el CJF determinó que los ministerios públicos deberán acudir al juez de Control del Centro de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones, con sede en la Ciudad de México, para buscar su autorización en la realización de este tipo de diligencias.
“La situación delincuencial actual hace necesario tomar nuevas medidas para eficientar la respuesta del Estado, con la finalidad de que tales actos de investigación se puedan desahogar en forma ágil y con el sigilo que se requiere.
“En razón del tipo de información sobre el que versan, se estima oportuno que su conocimiento en la etapa inicial del procedimiento y hasta antes de que se judicialice la carpeta se fije en favor de los jueces de Control del Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones con competencia en toda la República”, indicó.
La Primera Sala de la Corte declaró la inconstitucional de la facultad del Ministerio Público para acceder a información bancaria desde el 22 de noviembre de 2017.