El Consejo General del INE determinó inviable revocar la candidatura de , que compite por un cargo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (), al determinar que no le corresponde pronunciarse porque ya pasó la etapa de evaluación.

“En relación, a los planteamientos relacionado con el incumplimiento del requisito de buena reputación del candidato denunciado, así como la veracidad y autenticidad de los documentos que presentó en la etapa de convocatoria y postulación, es importante señalarle que ésta correspondió a los comités de los poderes de la Unión, realizar dicha examinación y revisión”, señala el acuerdo.

El ciudadano Alejandro Vázquez Álvarez denunció al candidato a ministro alegando que no cumple con el requisito del artículo 95 de la Constitución que es de “gozar de buena reputación”.

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También pide que se investigue la conducta del candidato y su vínculo con los responsables de la condena del general Jesús Gutiérrez Rebollo y con personas acusadas ante las autoridades por delitos de índole sexual infantil.

Apuntó que en la reforma judicial se ordenó que la etapa de la convocatoria y postulación de candidaturas del proceso electoral estuviera a cargo de los Comités de Evaluación referidos, así como del Senado de la República.

“Este Instituto no cuenta con atribuciones para que en segunda instancia, revoque o cancele la postulación realizada por algún Poder la Unión, ya que es un acto legal y válidamente emitido, tampoco existe disposición normativa que permita al , subsanar o corregir los actos de autoridad que no le son propios, ya que dicha competencia es de los Órganos Jurisdiccionales en la materia, modificar, confirmar o revocar las determinaciones emitidas por alguna autoridad del Estado Mexicano”, sostiene.

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