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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó como improcedentes las medidas cautelares solicitadas por Morena en contra del PRD, derivado de la difusión de un spot Energía difundido en radio y televisión, en el que se denuncia supuesta calumnia en contra del partido político quejoso, la aparición de servidores públicos con el fin de generar antipatía hacia el partido y el uso indebido de la pauta.
Se consideró que, en una perspectiva preliminar, no se advierte la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en algún proceso electoral, pues el spot denunciado contiene manifestaciones o expresiones, desde la óptica del PRD, que constituyen una opinión o crítica respecto al gobierno emanado de Morena, relacionada a las políticas públicas propuestas y ejecutadas por el Gobierno Federal relacionadas con la generación de energías e hidrocarburos.
Esto es, las políticas públicas relacionadas con la generación de energía e hidrocarburos es parte del debate público, al tratarse de un hecho público y notorio que dicha situación en México ha sido un dato noticioso nacional.
La Comisión precisó que respecto de las opiniones y críticas hacia el actual gobierno y a Morena, aparentemente, no se advierte alguna frase que de forma unívoca implique una imputación específica de hecho o delito falso de manera clara y sin ambigüedades, sino que versa sobre opiniones en torno a temas públicos como la preservación de los ecosistemas y la generación de energía amparadas por la libertad de expresión.
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También negó la medida cautelar solicitada por la indebida inclusión de la imagen de Manuel Bartlett Díaz , actual Director General de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), pues, en principio, señaló que la aparición del referido servidor público, en apariencia del buen derecho, no se trata de una exaltación, elevación o realce desproporcionado, desmedido o injustificado de su nombre, imagen, cualidades o atributos personales, sino que aparentemente, versa sobre una crítica a las políticas públicas en materia energética, entre otras, la generación de electricidad a partir de fuentes limpias y renovables.
Finalmente, en cuanto a la solicitud de la cautelar por el uso indebido de la pauta, la Comisión determinó su improcedencia porque el spot denunciado no será transmitido en las entidades federativas que tendrán elecciones el año en curso, de manera que los electores de dichas entidades no se verán expuestos a las críticas contenidas en los materiales objetados y, por tanto, desde la perspectiva del buen derecho, no existe peligro en la demora que justifique suspender su difusión.
apr/rcr