El aprobó multas por 28 millones 834 mil pesos contra cinco partidos políticos por afiliar a personas sin su consentimiento a su padrón de militantes.

El partido más multado fue Morena con 15 millones 696 mil 138 pesos; el PRI con 5 millones 588 mil pesos; el Partido Verde, con 5 millones 254 mil pesos; Partido del Trabajo, con un millón 788 mil pesos y Movimiento Ciudadano, con 506 mil 573 pesos. Mientras que el PAN es el único que en este bloque de quejas no presentó ninguna afiliación indebida.

La discusión inició el pasado viernes en la noche, sin embargo, tras la recepción de varios desistimientos de las quejas se acordó un receso que se prolongó por casi cuatro días, hasta que se reanudó la sesión este martes.

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Inicialmente, se estimaba un monto de 32 millones de pesos en multas, sin embargo, tras los desistimientos, bajaron a 28.8 millones de pesos.

Inicialmente, el INE acreditó que en 287 casos estaba acreditada la indebida afiliación a un partido político.

Sin embargo, los partidos políticos solicitaron una reunión para aclarar este tema, por lo que se acordó decretar un receso en ese momento.

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El consejero Arturo Castillo explicó que las consejerías que integran la Comisión de Quejas y Denuncias estimaron actualizada la hipótesis prevista en una jurisprudencia de 2018 de la , en la que se prevé que, en aras de tutelar los derechos fundamentales de certeza y seguridad jurídica en el procedimiento ordinario sancionador, la caducidad para poder sancionar opera al término de dos años, contados a partir de que se tenga conocimiento de la denuncia respectiva o de los hechos probablemente constitutivos de la infracción.

Lo anterior, “salvo cuando la autoridad exponga y evidencie que las circunstancias particulares de cada caso hacen necesario realizar diligencias o requerimientos que por su complejidad ameriten un retardo en su desahogo, resalto esto, siempre y cuando la dilación no derive de la inactividad de la autoridad, y dos, exista un acto intraprocesal derivado de la presentación de un medio de impugnación”.

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em/bmc

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