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El Instituto Nacional de Transparencia , Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó que la Secretaría de Gobernación (Segob) debe proporcionar, en versión pública, los contratos celebrados para implementar medidas de seguridad en el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y de Periodistas .
Cabe precisar que, en la versión pública de los contratos, deberá estar visible solo el monto destinado a la implementación de dichas medidas de seguridad, sin mencionar los nombres de las personas protegidas.
“La consolidación de un Estado democrático requiere del ejercicio periodístico libre, objetivo e imparcial, para mantener informada a la sociedad y fortalecer la opinión pública. El reconocimiento paulatino a la importancia de esta profesión llevó a que, en 1993, la UNESCO reivindicara la necesidad de que existiera un periodismo libre y plural para impulsar sociedades modernas y democráticas”, aseguró la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas.
Al presentar el asunto ante el Pleno, señaló que, a pesar de la importancia del trabajo que realizan los profesionales de la información, viven y desarrollan su labor periodística y de investigación en situaciones y condiciones precarias, lo que incluye bajos salarios, malas condiciones y el riesgo de sufrir violencia y persecución.
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Del Río Venegas compartió que, de acuerdo con información señalada por “Reporteros sin fronteras”, en 2022, México tiene el deshonroso título de ser el país más peligroso del mundo para ejercer la profesión del periodismo. “De acuerdo con información de la propia Secretaría de Gobernación, del año de 2006 a la fecha, han sido asesinados 260 periodistas en esta nación; 63, en los cuatro años de la administración federal en turno”, apuntó.
En tanto que, dijo, “la situación para personas defensoras de los derechos humanos en el país no es mejor; de acuerdo con datos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la violencia contra estos activistas en el continente se incrementó entre mayo y agosto de este año, con un alto número de asesinatos en varios países de la región”.
En el caso concreto, un particular solicitó a la Secretaría de Gobernación, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, diversa información sobre la operación del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Específicamente, el particular requirió lo siguiente: la cantidad actual de personas periodistas beneficiarios y/o inscritas en el mecanismo, dividido por entidad federativa; la cantidad actual de personas defensoras de derechos humanos y/o activistas beneficiarias y/o inscritas en este mecanismo; la cantidad actual de hombres y mujeres defensores de derechos humanos y/o activistas beneficiarios y/o inscritos en el mecanismo, dividido por entidad federativa.
Asimismo, el costo mensual y anual de la renta de los botones de asistencia asignados a las personas beneficiarias y/o inscritas en el mecanismo; el presupuesto anual del 2019 al 2022, destinado al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos, desagregado por rubros presupuestales.
La Segob respondió parcialmente, y negó ofrecer la información correspondiente al costo mensual o anual de la renta de botones de asistencia asignados a las personas beneficiarias y/o inscritas en el mecanismo de protección, bajo el argumento de que dichos datos están reservados por un periodo de cinco años, ya que su divulgación "haría identificables las medidas que se implementarán para proteger a estas personas y se aumentaría el riesgo y vulnerabilidad de las personas que se benefician con este mecanismo de la Segob".
Inconforme con la clasificación de la información, el particular acudió al INAI a presentar un recurso de revisión. En alegatos, la Segob reiteró su respuesta inicial.
En el análisis del caso, realizado por la ponencia de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, se encontró que las medidas de protección para periodistas y defensores de derechos humanos varían en función de la finalidad y del grado de riesgo en el que se encuentran, y también cambian de conformidad con la ley que existe para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, donde se enlistan una serie de medidas y características específicas para el tema.
“La clasificación de la información por parte del sujeto obligado solo sería válida si esta permitiera identificar al periodista o defensor de derechos humanos protegido por el mecanismo. Dicho lo anterior, es necesario no perder de vista que la persona solicitante pidió únicamente conocer el monto que la Secretaría de Gobernación eroga por la renta de los botones de asistencia asignados a estas personas beneficiarias; nunca pidió ni solicitó la identidad de la persona física”, expresó.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Gobernación y le instruyó que proporcione, en versión pública, los contratos celebrados con el objeto de implementar medidas de protección en el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y de Periodistas.
En la versión pública deberán estar visibles solo las cláusulas que refieren el monto destinado a la implementación de estas medidas, sin nombres de personas protegidas, solo el monto.
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