El Instituto Nacional de Migración ( INM ) debe localizar y entregar los documentos que den cuenta de los funcionarios sancionados y/o apartados de su puesto por participar, colaborar o apoyar en el tráfico de migrantes , desde el año 2010.

Así lo ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( INAI ).

Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Norma Julieta del Río Venegas aseguró que “la historia de nuestro país no puede entenderse sin la migración, somos una nación con una fuerte tradición migratoria cuyo destino principal son los Estados Unidos (…) pero también nos hemos convertido en un país de tránsito y destino de población de otros países.

"Las restricciones internacionales para no hacen sino colocar, a quienes deciden hacerlo, en situaciones de extrema vulnerabilidad. El ejemplo más reciente que nos entristece a todos es el hallazgo de los cuerpos sin vida de las personas en el interior de un remolque abandonado en el sur de Texas”, aseguró.

La resolución responde a un recurso de revisión interpuesto por un particular, quien solicitó la versión pública del listado de funcionarios sancionados y/o apartados de su puesto, por participar o colaborar o apoyar al tráfico de migrantes , desde el año 2010, y en cuya respuesta se dijo que hay cero oficiales apartados de su puesto por esos motivos.

Inconforme con la respuesta de inexistencia de información, el particular acudió al INAI a presentar un recurso de revisión.

Tras el análisis del caso, la Comisionada Del Río Venegas explicó que el sujeto obligado utilizó el procedimiento erróneo para esta búsqueda. “El sujeto obligado, Instituto Nacional de Migración, debió identificar una expresión documental como podría ser las resoluciones notificadas por el Órgano Interno de Control donde se impusieran sanciones por los hechos referidos en la solicitud del recurrente; por lo que se concluyó que la búsqueda no fue exhaustiva, ni adecuada, aunado a que omitió turnar la solicitud a todas las unidades competentes para atender la solicitud de mérito”, indicó.

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La Comisionada del INAI advirtió que “la impunidad no puede permear sobre los casos de posibles violaciones a los derechos de las personas migrantes y refugiadas. También, la información pública que se solicita a este sujeto obligado servirá para rendir cuentas sobre la salvaguarda de otros derechos como el derecho de acceso a la justicia y a la verdad, sobre todo, si es en relación con violaciones graves de derechos humanos de sectores de población marginados, discriminados y vulnerados”, destacó.

Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Instituto Nacional de Migración y le instruyó realizar una nueva búsqueda en todas sus unidades administrativas competentes con la finalidad de localizar y entregar a la persona solicitante la expresión documental que dé cuenta de la información solicitada.

La información deberá estar desglosada por año, funcionarios apartados/sancionados, sanción que se impuso, evento que se imputa y número de expediente; en caso de que lo requerido contenga datos susceptibles de ser clasificados como confidenciales, deberá elaborar versiones públicas.

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