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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( INAI ), realizó la inscripción de sus archivos de trámite y concentración en el Registro Nacional de Archivos .
Esto debido a que la inscripción al Registro Nacional es obligatoria para los sujetos obligados y para los propietarios o poseedores de archivos privados de interés público, quienes deberán actualizar anualmente la información requerida, de conformidad con las disposiciones que para tal efecto emita el Consejo Nacional de Archivos y en cumplimiento con los artículos 11 fracción IV y 79 de la Ley General de Archivos (LGA).
Por otra parte, los sujetos obligados que no cuenten con archivo histórico deberán promover su creación, según lo establece artículo 33 de la LGA.
Con respecto al archivo histórico del INAI, se ha cumplido con la primera etapa de su creación y en cuanto se finalice con el proceso se procederá se inscribirá también en el Registro Nacional de Archivos.
El Registro Nacional será un repositorio para concentrar información sobre los sistemas institucionales y de los archivos privados de interés público, así como difundir el patrimonio documental resguardado.
Los códigos de registro que otorgó el Archivo General de la Nación (AGN) al Instituto para su archivo de trámite fue MX/2020/0024/AT0001/16042020 y para el archivo de concentración MX/2020/0024/AC0001/16042020.
hm
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