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El IMSS debe realizar una nueva búsqueda del expediente clínico de una madre y de su hija nacida en uno de sus hospitales en 2020 y entregar copia de la información a sus titulares, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
La persona solicitante pidió copia “perfectamente legible”, “con buena calidad de imagen para poder estar en aptitud de leerlos debidamente”, de su expediente y el de su hija nacida en el Hospital de Gineco Obstetricia No. 23 Dr. Ignacio Morones Prieto, en Monterrey, Nuevo León.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le respondió que no los tenía porque éstos habían sido dañados por lluvias que inundaron la sede del archivo de esa unidad médica y declaró su inexistencia sin la aprobación de su Comité de Transparencia. La persona se quejó ante el Inai.
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La ponencia del Comisionado Presidente del Inai, Adrián Alcalá Méndez, analizó el caso y consideró fundada la queja al determinar que el IMSS fue omiso en buscar en todas las áreas y sistemas que se relacionan con la gestión del expediente electrónico.
“El acceso a los expedientes clínicos constituye el ejercicio del derecho humano de acceso a datos personales, el cual se encuentra estrechamente relacionado con el derecho a la salud, pues a través de este documento se demuestran las actuaciones que el personal médico brindó o ha brindado a un paciente”, dijo Alcalá Méndez.
El Pleno del Inai por unanimidad determinó revocar la respuesta del IMSS para que se realice una nueva búsqueda y se entregue la información solicitada. En caso de no localizar la información, su Comité de Transparencia deberá emitir una resolución en la que se declare su inexistencia, en la que explique de manera fundada y motivada las circunstancias de tiempo, modo y lugar que dieron origen a la inexistencia.
mahc