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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que el diputado del PAN, Gabriel Quadri, cometió violencia política de género por emitir comentarios contra las mujeres trans y la diputada Salma Luévano (Morena).
Sin embargo, el proyecto revoca el periodo de cuatro años en el que Gabriel Quadri deberá estar en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política de Género, siendo el INE el encargado de indicar el plazo de la sanción.
El diputado del PAN emitió 11 mensajes en su cuenta de Twitter contra la comunidad trans.
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“Morena, además de todo se convierte en el partido de la ideología trans y transgénero. Lo que nos faltaba”, escribió en uno de los mensajes.
El proyecto del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón establece que “la orientación sexual, identidad y expresión de género, no pueden traducirse en una oportunidad para emitir un mensaje (político) de rechazo o justificación para impedir que las personas de la comunidad de la diversidad sexual y de género accedan la Cámara de Diputaciones, como acontece con los mensajes denunciados, razón por la cual resultan discriminatorios”.
En tanto, la magistrada Janine Otálora subrayó que estos proyectos representan una gran oportunidad para que la Sala Superior contrarreste mensajes que constituyen violencia política de género en contra de mujeres trans.
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La magistrada señaló que estas expresiones reproducen estereotipos discriminadores y niegan la identidad de una diputada, lo que constituye un mensaje “indeseable” en un Estado democrático.
“(Los mensajes) constituye una forma de violencia firme que las mujeres trans ‘son hombres que se hacen pasar por mujeres’. Esas dos expresiones se traducen en lo que se denomina ‘malgenerización’ que son prácticas que de manera intencional y deliberada refieren a una persona trans con el género con el cual no se identifican”, explicó.
Recordó que la Sala Superior “ha reconocido la fuerza en el lenguaje para crear, reproducir y avalar estereotipos o ideas que eventualmente se traducen en discriminación y violencia que repercuten no sólo en las mujeres, sino a la construcción de una sociedad igualitaria”.
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Al respecto, el magistrado Felipe Fuentes consideró que los mensajes en Twitter forman parte de las actividades parlamentarias de los diputados y, por tanto, no pueden ser sujetos de control de una sede jurisdiccional electoral.
“Considero que los tuits fueron realizados en el ejercicio de su actividad como diputado federal, por lo que están amparados por la inmunidad parlamentaria, en virtud de que las expresiones allí realizadas tienen un vínculo directo y específico con la función legislativa”, explicó.
En contra, el magistrado Felipe de la Mata defendió la libertad de expresión al señalar que Gabriel Quadri sólo emitió su opinión sobre la ideología de género.
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