Ernestina Godoy Ramos, consejera jurídica de la Presidencia, destacó la reforma a la Ley de Amparo y garantizó que los derechos humanos se mantienen firmes y protegidos como lo consagra la Constitución, y no se debilita el amparo sino que se fortalece y lo mantiene “como un escudo de la ciudadanía, pero ya no como un refugio para quienes buscan evitar la justicia”.
En la conferencia mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo de este viernes 19 de septiembre en Palacio Nacional, Godoy Ramos expuso la armonización de leyes secundarias en materia de la reforma judicial.
“Se fortalece el juicio de amparo para que sea más ágil y sencillo, con reglas muy precisas y claras. También se protege el orden público y el interés social; se incorporan nuevas herramientas tecnológicas para modernizar la justicia; se ajustan algunos recursos fiscales y homologan los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa”, dijo.
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Ante la presidenta Claudia Sheinbaum, la consejera jurídica aseveró que el juicio de amparo está garantizado en la constitución la Constitución y que actualmente, en su tramitación, “es tardado, lleno de tecnicismos y vacíos legales, además no se encuentra a la vanguardia con los avances tecnológicos, lo que dificulta su acceso y efectividad”.
“Por ello, es fundamental una reforma que dé paso a una justicia efectiva, que devuelva las bondades de dicho juicio de amparo”, mencionó.
Derechos Humanos se mantienen protegidos
Godoy Ramos aclaró que los derechos humanos “se mantienen firmes y protegidos” como lo consagra la Constitución: “Esta reforma no debilita el amparo, lo fortalece, lo mantiene como un escudo de la ciudadanía, pero ya no como un refugio para quienes buscan evitar la justicia”.
“Ampararse para defender derechos es justicia, ampararse para ocultar delitos es impunidad, y para la debida aplicación de la Ley de Amparo es necesario modificar el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa”, apuntó al destacar que se incluye un lenguaje incluyente.
Este paquete, dijo, busca profundizar la nueva forma de administrar justicia y que estas modificaciones complementan las leyes secundarias de acceso a la justicia: “Estamos buscando dotar de herramientas a las personas juzgadoras para que, con una visión de derechos humanos y apegada al marco constitucional, se garantice que efectivamente será una justicia, una tutela judicial efectiva, y lo podrán hacer en los tiempos que establece la Constitución”.
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“Respetando los derechos humanos y sin que el amparo, que es la institución más importante en nuestro sistema jurídico, pierda su espíritu original. Lo fortalecemos para que siga siendo reconocido internacionalmente como la herramienta para la protección de los derechos fundamentales del pueblo mexicano”, dijo.
Detalló que en la Ley de Amparo se establecen elementos de contenido y alcance para efectos de la procedencia del juicio de amparo, conforme a los criterios que ha dictado la Suprema Corte de Justicia de la Nación para la aceptación de las demandas de amparo.
“Se establecen plazos y términos para una justicia pronta, en donde las normas actuales, igualmente en el código no están previstas. Se establece una parte importante de justicia digital; se incorpora en el desarrollo de un juicio de amparo verdaderamente digital con plena validez legal, operatividad práctica sin que ello sustituya la procedencia documentada del procedimiento. Se va a seguir atendiendo también lo documental, pero hay obligación de digitalizar”, explicó.
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En cuanto al cumplimiento de ejecución de sentencias, refirió que las personas juzgadoras deben señalar “con claridad” quién debe cumplir la sentencia y qué le toca hacer “para que no haya pretextos por parte de las autoridades y se respete el derecho de la persona”.
Añadió que la suspensión del acto reclamado se fortalece con la metodología y requisitos de aplicación que deben tomar en cuenta las personas juzgadores. En materia de suspensión, señaló que la reforma plantea que no se afecte el sistema financiero.
indicó que “se establecen reglas claras” para la procedencia de la suspensión provisional y definitiva que son dos momentos.
Congelamiento de cuentas
En materia de congelamiento de cuentas, expuso Godoy Ramos que el órgano jurisdiccional dejará a salvo los recursos necesarios para el pago de obligaciones laborales, fiscales y alimentarias, y asegurar la subsistencia de la persona física y de acreedores alimentarios.
También permitirá que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda requerir, obtener y diseminar información financiera para la detección, prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita o conductas ilícitas relacionadas .
“Esto permite también fortalecer las capacidades del Estado para proteger la economía nacional, a través del uso de inteligencia financiera y congelamiento inmediato de ganancias criminales para reducir su capacidad de perpetuar su actividad delincuencial”, destacó la consejera jurídica de la Presidencia.
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En el caso de los créditos fiscales firmes, la iniciativa propone, “a fin de ser eficiente y expedita”, la actuación de la autoridad para el cobro de ese crédito fiscal firme que sea a través del amparo.
“Puede impugnarse hasta determinado momento de todo el proceso que se establece en el código fiscal, y se establecen reglas muy claras para que se pueda otorgar en algún momento la suspensión de los actos de cobro, bajo la condición de que se otorga una garantía. Se puede dar la suspensión, pero se tiene que garantizar ese crédito fiscal ya firme después de haber pasado por todas las etapas procesales y esa garantía tiene que ser lo suficientemente fuerte como puede ser un billete de depósito o cartas de crédito”, explicó.
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