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Por la agresión contra 22 migrantes que fueron atacados con toletes, bastones eléctricos y gases lacrimógenos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, y al Comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yánez.
De acuerdo con la CNDH , el 16 de junio de 2021 personal de esta institución visitó la estación migratoria Siglo XXI, en Tapachula, Chispas, y conoció las quejas que presentaron ocho víctimas directas sobre los hechos registrados el día anterior y que afectaron, al menos, a 22 personas.
A través de un comunicado, el organismo expresó que se pudo comprobar que un grupo de personas de nacionalidad haitiana se manifestaba contra el personal del INM porque no se resolvía su situación migratoria, protesta a la que se unieron otras personas extranjeras, por lo que el personal de Migración solicitó y autorizó la entrada de elementos de la Guardia Nacional con equipo antimotines y del SPF, quienes ingresaron a la sección de hombres y a la de solicitantes del reconocimiento de condición de refugiados o vulnerables y con gases lacrimógenos y agresiones físicas y verbales los obligaron a salir al patio de recreación, donde permanecieron tirados en el suelo bajo una intensa lluvia.
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El día de los sucesos, y luego de someter a las víctimas, elementos del SPF detuvieron a 14 personas a las que se les acusó de amotinamiento en flagrancia, lesiones al personal de la GN y daños en agravio del INM.
Los elementos de la SSPC no ratificaron su querella y, en cuanto a los daños a la institución, se llegó a un acuerdo reparatorio, por lo que el ministerio público federal decretó el no ejercicio de la acción penal.
Del análisis lógico-jurídico de las evidencias recabadas, la CNDH pudo constatar que al menos cinco personas servidoras públicas de la SSPC y del INM incurrieron en violaciones a los derechos humanos de las personas en contexto de migración, ya que personal con jerarquía y mando no supo controlar la situación y permitió el uso excesivo de la fuerza.
A decir de las personas quejosas y testigos, además de utilizar toletes y bastones con descargas eléctricas, los elementos de la Guardia Nacional y del SPF hicieron uso de tubos y otros instrumentos para golpear, además de las agresiones verbales que propinaron a las víctimas durante su sometimiento.
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La Comisión Nacional sostuvo que también se comprobó que tres autoridades de Migración , responsables de otorgarles seguridad a las personas trashumantes en el recinto migratorio y darles un trato digno, vulneraron el derecho a la seguridad jurídica y personal de los agraviados, mientras que dos personas servidoras públicas de la GN y del SPF en su calidad de ordenadoras permitieron el uso excesivo de la fuerza y trasgredieron el derecho a la integridad personal de 22 personas.
La CNDH solicitó a la titular de la SSPC y al comisionado del INM colaborar en la inscripción de las 22 víctimas en el Registro Nacional y proceder a la inmediata reparación del daño causado, que incluya el acceso a atención médica y psicológica a las víctimas.
Ademas deberán diseñar y aplicar un protocolo de actuación que considere los principios de absoluta necesidad, legalidad, prevención, proporcionalidad y vigilancia que rigen el uso de la fuerza, así como los manuales de técnicas para ese uso de la fuerza y las conductas a realizar por el personal de la SPF y la GN que ingresa a las estaciones migratorias. Así como un curso sobre derechos humanos con énfasis en el respeto a la seguridad jurídica, a la integridad personal y el trato digno.
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apr/rcr