La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo () recordó a todas las personas trabajadoras que el próximo 30 de mayo es la fecha límite para recibir el pago de utilidades, uno de los derechos fundamentales establecidos en el artículo 123 de la Constitución y en la .

En un comunicado, subrayó que el derecho al reparto de utilidades consiste en recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa o el patrón por la actividad productiva o los servicios ofrecidos durante el año anterior. “Este reconocimiento es una muestra del valor que tiene tu labor en la generación de ingresos para las empresas”.

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Las fechas establecidas para el reparto de utilidades en 2025 son:

Del 1 de abril al 30 de mayo, si trabajas para una empresa.

Del 1 de mayo al 29 de junio, si trabajas para una persona física.

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¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

Personas trabajadoras activas.

Extrabajadoras y extrabajadores, de planta o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días en el año.

Personas con incapacidad temporal.

Madres trabajadoras en licencia de maternidad.

Padres que hayan hecho uso del permiso de paternidad.

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El monto se calcula en dos partes: una en función de los días trabajados y otra con base en los salarios percibidos durante el año.

En caso de dudas o si no recibes tus utilidades en el plazo correspondiente, la persona trabajadora puede acudir a la Profedet, donde le brindarán atencio gratuita:

Oficina central: Dr. José María Vértiz 211, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Teléfonos: 800 911 7877 y 800 717 2942

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