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El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el acuerdo general número 1/2025 (12a.) del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que regula la recepción, registro y turno de los asuntos de su competencia.
Detalla que los nuevos integrantes de la Corte tienen el compromiso de adoptar medidas que garanticen una justicia pronta, expedita, imparcial y transparente.
“Por ello, es necesario implementar un sistema automatizado para el turno de los asuntos, que genere trazabilidad y transparencia, a fin de fortalecer la confianza de la ciudadanía en la SCJN, y aprovechar las ventajas que ofrecen las herramientas tecnológicas”, refiere el DOF.
Indica que es un hecho notorio que la SCJN anteriormente se conformaba por dos salas y un pleno, cuyo turno de asuntos se realizaba de forma manual, sin embargo, con motivo de la reforma constitucional en materia del Poder Judicial, se reconfiguró su funcionamiento y únicamente sesionará en Pleno.
Refiere que la SCJN, como órgano de última instancia, debe ser ejemplo de objetividad, eficacia y pulcritud en todos los ámbitos de su competencia por lo que es necesaria la implementación de un sistema electrónico automatizado que garantice el turno con criterios claros, verificables y, en su caso, establecer los supuestos de excepción.
Abunda que el acuerdo tiene por objeto regular la recepción, el registro y turno de los asuntos competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como las excepciones aplicables en dicho procedimiento.
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El acuerdo indica que todos los casos, el turno de los asuntos deberá garantizar una distribución equitativa de las cargas de trabajo entre las ponencias y asegurar que la ciudadanía cuente con información clara, oportuna y transparente sobre la asignación de los asuntos.
En el aspecto de medios y horarios para recibir promociones, detalla que las demandas, recursos, promociones y demás escritos dirigidos o relacionados con asuntos del conocimiento de la SCJN podrán recibirse por las siguientes vías: presencial, buzón, judicial, medios electrónicos.
kicp