El pleno de la avaló en lo general, por 462 votos a favor, la reforma a la Ley Federal del Trabajo para otorgar diversos derechos a los trabajadores de plataformas digitales que prestan servicio de transporte de personas o repartidores de comida, como Uber, Didi o Rappi.

A pesar de que se avaló por unanimidad, la bancada del PAN señaló que se corre el riesgo de que se convierta en una reforma recaudatoria, ya que y sus aliados no incorporaron el régimen fiscal que les corresponde, es decir, el 625 que retiene 0.021% del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

“Hay ajustes que tenemos que hacer y, de verdad, lamento mucho que el secretario del Trabajo haya venido aquí a decir y a comprometerse que el régimen fiscal no iba a moverse, y que hoy no podamos tener la certeza de ello, porque ustedes no quieren dejarlo por escrito”, dijo la diputada Paulina Rubio (PAN).

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El diputado Víctor Manuel Pérez (PAN) dijo que como no se estableció el régimen fiscal en la reforma, la retención de impuestos aumentará en más de 100%.

“Si consideramos que el salario mínimo mensual en la Ciudad de México, para 2025, será de 8 mil 364, se tendrían que pagar 352.18 pesos, si solamente se hubiera ganado un salario mínimo, conforme al régimen fiscal anterior, solamente se hubiera aplicado una retención del 2.1, siendo el total de 175.64 pesos, esto implica un incremento de más del 100% y se incrementará el porcentaje conforme aumenten los ingresos”, dijo.

La diputada Maiella Gómez (Morena), presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, dijo que esta reforma es necesaria “porque reconoce una realidad que ha sido ignorada durante demasiado tiempo, y es que más de los 650 mil trabajadores mexicanos que participan en dicho sector, laboran al margen de la Ley Federal del Trabajo”.

En ese sentido, su compañero de bancada, el diputado Carlos Castillo expuso que se garantizan derechos laborales esenciales como: la seguridad social universal, incluyendo acceso al IMSS, atención médica y pensiones.

“Dos, regulación de jornadas laborales para evitar la explotación y asegurar un ingreso justo. Tres, protección frente a riesgos laborales como accidentes y situaciones de inseguridad y cuatro, fomento a la organización colectiva promoviendo la sindicalización y la negociación de condiciones laborales”, enlistó.

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Las plataformas digitales tendrán prohibido dar trabajo a menores de 18 años; cobrar a los trabajadores por la inscripción, uso o separación; retener dinero; restringir la conexión; encubrimiento o simulación que busque desvirtuar el vínculo laboral mediante contratos de carácter civil, mercantil u otros; manipular el ingreso para evitar su calificación como trabajadores subordinados.

El dictamen también incluye multas para las personas físicas o morales que administren las plataformas digitales, en su carácter de patrón, por incurrir en faltas: de 2000 a 25 000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) cuando no se registre el modelo de contrato.

De 1000 a 25 000 veces la UMA cuando no emitan o informen de cambios en el documento de política de gestión algorítmica; de 250 a 5 000 veces la UMA cuando se violen disposiciones sobre la gestión del servicio; y de 500 a 25 000 veces la UMA cuando no establezcan los mecanismos de revisión de decisiones que afecten o interrumpan la conexión.

A las 14:37 horas se aprobó el dictamen en lo general, e inició la discusión de 16 reservas.

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jf/bmc

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