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Con 420 votos a favor, el pleno de Cámara de Diputados aprobó ayer, con cambios, el dictamen a la minuta que reforma los artículos 108 y 111 de la Constitución, con lo que se amplió el catálogo de delitos por los cuales el presidente de la República podrá ser enjuiciado.
El origen de las enmiendas fue la iniciativa enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador al Senado a fines de 2018, en la que estableció que el Jefe del Ejecutivo federal podrá ser enjuiciado por delitos de corrupción, electorales y otros.
El Senado había incluido a los legisladores; sin embargo, ayer se modificó la minuta para eliminar a diputados y senadores, “por resultar discordante con el espíritu de la iniciativa” y porque, se argumentó, éstos ya pueden ser enjuiciados por ese tipo de delitos, y al igual que el Presidente, previo juicio de desafuero. Debido a las modificaciones, la minuta fue devuelta a la Cámara Alta para su análisis.
Aunque Morena, PT y el Partido Encuentro Social (PES) anunciaron el fin del fuero presidencial, la oposición de PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano (MC) advirtió que el fuero para el Mandatario federal está vivo, pues está intocado el artículo 111 de la Constitución que así lo garantiza. Pese a lo anterior, la mayoría respaldó los cambios.
Al festejar las enmiendas, la diputada Lorena Villavivencio, de Morena, aseguró: “Misión cumplida, Presidente. Se acabó la impunidad y será responsable penalmente como lo ofreció usted a los ciudadanos mexicanos… inauguramos la responsabilidad penal para el Presidente de la República”.
Pero este festejo fue rebatido por Ricardo Villarreal García, del PAN. El fuero presidencial no se elimina, pues al Jefe del Ejecutivo federal habrá que acusarlo, primero ante el Senado de la República, e instaurarse juicio político, es decir, la inmunidad procesal sigue.
“El Presidente y los partidos políticos que lo apoyan están tratando de engañar al pueblo de México. En nada cambia el fuero que desafortunadamente tenemos las y los diputados, los senadores, los gobernadores y muchos funcionarios más, esta reforma no nos toca, ni siquiera nos menciona, nos deja exactamente igual, igual de privilegiados”, admitió el legislador panista.
“No se le mueve una sola coma al juicio de procedencia previsto en el artículo 111 constitucional. ¿Cómo podemos decir que eliminamos el fuero si la inmunidad continúa vigente en la Constitución?”, reforzó la diputada María Ester Alonzo Morales, del PRI.
Las reformas
Con el cambio al artículo 108 de la Constitución se agregó al delito de traición a la patria, otros ilícitos que podrán motivar que el Mandatario federal sea sujeto a juicio. Actualmente se señala que también puede ser juzgado por “delitos graves”, pero este concepto quedó desactualizado con el Sistema de Justicia Penal Acusatorio.
Así, ahora se incorporó que podrá ser llevado a juicio por los delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución, es decir, los que ameritan prisión preventiva oficiosa: entre ellos corrupción, ilícitos electorales; delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
En tanto, la reforma al artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos precisa que para proceder penalmente contra el Presidente de la República será el Senado el que realice la declaración de procedencia, es decir, el Mandatario federal conserva inmunidad procesal.