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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó analizar un amparo en revisión sobre las corridas de toros en la Ciudad de México, con lo que dejó ir una oportunidad para fijar criterio sobre este polémico tema.
Aunque la ministra Lenia Batres Guadarrama hizo ver que la regulación de los espectáculos taurinos ha tenido muchos cambios y que la Corte no ha establecido un criterio único, una mayoría de seis ministros se pronunció este jueves en contra de ejercer la facultad de atracción del amparo en revisión número 117/2024, que el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México remitió al Alto Tribunal para que revisara una cuestión de inconstitucionalidad en artículos de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos del Distrito Federal y su Reglamento Taurino.
El asunto data de enero de 2024, cuando la empresa tramitó un juicio de amparo ante un juez de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México contra la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos, que ha sido reformada en la actualidad, y el Reglamento Taurino para el Distrito Federal.
Durante la sesión de este jueves, los ministros Lenia Batres Guadarrama, Sara Irene Herrerías Guerra y Arístides Guerrero García, se pronunciaron a favor de atraer el asunto, mientras que los ministros Irving Espinosa Betanzo, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz, Giovanni Figueroa Mejía, María Estela Ríos González, y el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, se pronunciaron por no ejercer.
“Este tema se refiere a la suspensión de actos relacionados con la celebración de espectáculos taurinos, es un tema que se ha debatido fuertemente en nuestro país, que ha tenido muchos cambios legislativos y en los que la Corte no ha terminado de definir un criterio único. Me parece a mí que es importante que se atraiga”, indicó la ministra Lenia Batres.
El Décimo Tercer Tribunal Colegiado en materia Administrativa en la Ciudad de México solicitó al Alto Tribunal conocer el tema, pues anteriormente aceptó la facultad de atracción en relación del recurso de revisión 2/2023, el cual derivó del juicio de amparo 910/2022 del índice del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en el que se reclamaron diversas normas relacionadas con los espectáculos taurinos.
“En dicho juicio de amparo, dentro del cuaderno incidental, en audiencia incidental de nueve de junio de dos mil veintidós, el Juez del conocimiento determinó conceder la suspensión definitiva, para el efecto de que las autoridades responsables “Deberán abstenerse de ejecutar los actos impugnados, para lo cual, deberán de suspender de inmediato, los espectáculos taurinos en la Alcaldía Benito Juárez en la Ciudad de México, así como el otorgamiento de permisos para realizar dichos espectáculos.”; asimismo, se ordenó a la tercero interesada que “Deberá suspender de inmediato los espectáculos taurinos que estén por llevarse a cabo en la Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, en cuya organización, planeación o ejecución tenga alguna participación, como vinculada al cumplimiento de esta medida cautelar dada la existencia de permisos emitidos a su favor”.
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