Más Información
Michoacán exige investigación contra alcaldesa de Coalcomán por liga con CJNG; agradeció a "El Mencho" por juguetes
"Agradecemos al señor Nemesio Oseguera"; ayuntamiento de Coalcomán, emanado de MC, agradece al "Mencho" por entrega de juguetes
Sheinbaum se reúne con Lemus; “trabajar al estilo jalisco es en coordinación con la federación”, expresa gobernador
Operativo Enjambre: Cabildo intentó legalizar fuga de alcalde de Santo Tomás de los Plátanos tras zafarrancho; alcalde electo sigue prófugo
¡No estaba desaparecida! Jirafa del Zoológico de Sinaloa habría muerto desde el 15 de septiembre; aseguran que falleció de causas naturales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación de tres integrantes del Concejo Indígena de Nahuatzen , Michoacán que fueron sentenciados por el delito de sabotaje cometido durante el desalojo de las oficinas del DIF en la demarcación ocurrido en el año 2018.
Este miércoles la Primera Sala analizó el amparo tramitado por los tres hombres que alegaron que en su caso hubo irregularidades tales como actos de tortura .
En el amparo, los quejosos indicaron que el juez que los sentenció por sabotaje no consideró el contexto político de su comunidad ni el alegato de que ellos intentaban ejercer su derecho a la autodeterminación.
La Corte determinó que no existió uno de los elementos establecido por la ley para acreitar que los hombres cometieron el delito de sabotaje, razón por la que decidió liberarlos inmediatamente.
“Ante la magnitud de las violaciones analizada, y en aras de evitar que se produzca una eventual violación al principio non bis in idem y dilatar innecesariamente el proceso, –dado que la restitución del derecho violado tiene el alcance de devolver la libertad a los quejosos– lo conducente es concederles el amparo y protección de la Justicia Federal de manera lisa y llana”, señaló la Corte.
“Concesión de la tutela constitucional, que obliga a ordenar la inmediata y absoluta libertad de los quejosos José Antonio Arreola Jiménez, José Luis Jiménez Meza y José Gerardo Talavera Pineda. Al mismo tiempo, se instruye a la Secretaría de Acuerdos de esta Primera Sala para que comunique la presente resolución a las autoridades responsables por la vía que garantice el cumplimiento inmediato de la sentencia de amparo”.
Además, los ministros ordenaron dar vista al ministerio público que intervino en el proceso penal para que realice la investigación correspondiente a las denuncias presentadas por los quejosos sobre la tortura que dijeron fue ejercida en su contra.
Durante el desalojo del DIF de Nahuatzen, ocurrido en agosto de 2018, los integrantes del Concejo se enfrentaron con simpatizantes del entonces presidente municipal electo, David Otlica Avilés y que dejó varios heridos.
Días después Otlica Avilés intentó desmentir el enfrentamiento e indicó que las oficinas del DIF estaban siendo ocupadas por su administración como sede alterna debido a que las del Palacio Municipal estaban tomadas por integrantes del Concejo que alegaban que su elección fue fraudulenta.
En abril de 2019 el alcalde fue privado de la libertad en la localidad de San Isidro, municipio de Nahuatzen y horas más tarde fue localizado sin vida en Cortijo Viejo, municipio de Coeneo.
Desde que asumió el cargo de presidente municipal no logró despachar en el Palacio debido a la ocupación que mantenía el Concejo Ciudadano.
rmlgv