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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) descartó amparar a Google contra los plazos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para entregar información durante investigaciones por posibles prácticas monopólicas.
La empresa cuestionó el artículo 73, segundo párrafo, de la Ley Federal de Competencia Económica, que fija un plazo de 10 días para atender los requerimientos, prorrogable por una sola ocasión hasta por otros 10 días.
Consideraba que el diseño resultaba rígido y desproporcionado frente a requerimientos de información de gran volumen.
Un juzgado de distrito consideró que la norma era constitucional, por lo que se interpuso un recurso de revisión que llegó a la Suprema Corte.
Por unanimidad de votos, el Pleno del máximo tribunal confirmó la validez del artículo 73 de la LFCE, concluyendo que los argumentos de la empresa se enfocaban en las características particulares del requerimiento de información que recibió, pero no demostraban que la ley fuera inconstitucional ni que vulnerara principios como la seguridad jurídica o la proporcionalidad.
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Las autoridades determinaron la constitucionalidad de la norma y se dejó a cargo del tribunal colegiado de circuito competente el análisis de los aspectos de legalidad relacionados con la imposición de la multa en el caso concreto.
Google fue acusado de establecer un monopolio efectivo de publicidad digital en el territorio mexicano por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), ahora llamada Comisión Nacional Antimonopolio, en 2023.
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aov/bmc
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