El grupo parlamentario de Morena presentó una reforma constitucional para reformar el artículo 111 de la Carta Magna para que los Congresos locales no intervengan en los procesos de desafuero que haga la Cámara de Diputados contra los gobernadores.
El proyecto presentado por la diputada Reyna Celeste Ascencio busca suprimir la parte en la que faculta a los Congresos locales, para que se les comunique, y en el ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda.
De acuerdo con varias interpretaciones de este artículo, definen que no se puede desaforar a ningún gobernador hasta que no haya una declaración de procedencia de la Cámara de Diputados y de la Legislatura local; sin embargo, hay otra versión que establece que en cuanto se apruebe la declaración de procedencia en San Lázaro, inmediatamente el Ejecutivo local, pierde la inmunidad.
Cabe recordar que en la Cámara de Diputados, la semana pasada la Fiscalía General de la República (FGR) presentó y ratificó la solicitud de desafuero del gobernador de Tamaulipas, el panista Francisco Javier Cabeza de Vaca por los delitos de delincuencia organizada, operación de recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal equiparada.
Por esto, este martes, el Congreso de Tamaulipas, con mayoría panista, aprobó nuevas reglas para declarar la procedencia de un desafuero a gobernadores de Tamaulipas, y así impedir la homologación de este procedimiento con la ratificación que pudiera hacer la Cámara de Diputados en contra del mandatario estatal.
En su exposición de motivos, la diputada federal de Morena explica que el objeto de esta iniciativa es reformar el artículo 111 constitucional a fin de que si un funcionario local que cometa un delito federal pueda ser sujeto del procedimiento de juicio de procedencia (quitarle el fuero) por la Cámara de Diputados y poder ser llevado al juicio penal, eliminando el requisito de que el asunto se envíe a la legislatura local.
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Agrega que si actualmente si un servidor público de los estados –de los que gozan de inmunidad procesal– comete un delito federal, se le tiene que seguir el “desafuero”, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que la Cámara de Diputados se lo comunique a la legislatura local que corresponda, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda. Para mejor referencia se transcribe el quinto párrafo del artículo 111 de la Constitución federal:
“Para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas locales, y los miembros de los organismos a los que las Constituciones locales les otorgue autonomía se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda”, define el artículo 111 de la Constitución.
“De tal manera que la norma jurídica tal como está redactada genera un estado de impunidad para aquellos gobernadores y autoridades locales que han cometido delitos federales y que, aprovechándose de la remisión del asunto a la Legislatura Local (que comúnmente tienen dominada) daría como resultado que no sea desaforado ni separado del cargo, y en consecuencia no tendría que enfrentar el juicio penal federal por el delito que se le imputa”.
“Aún más, si en el ámbito de la entidad federativa no existe procedimiento previamente establecido para procesar un asunto de esta naturaleza se tendría como consecuencia que el servidor público no pueda ser procesado”, define la legisladora.
Agrega que también puede ser el caso de que en el ámbito local se establezcan procedimientos que alarguen (hagan imposible) que se pueda desaforar a un servidor público por la comisión de delitos federales, ya que además de que el asunto conozca la legislatura local remiten a otras autoridades, lo que de facto significaría que hay un doble o triple fuero del que gozan algunos funcionarios públicos locales.
“En Morena buscamos que no haya fueros ni beneficios indebidos en favor de nadie, queremos desenquistar a la vieja clase política que ha diseñado las normas para garantizar la impunidad ante la corrupción que ha cometido, es por ello que se propone modificar el artículo 111 constitucional a fin de que los delitos federales cometidos por un servidor público local sean efectivamente investigados y en su caso procesados judicialmente”, agrega la legisladora.
kl