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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CDNH) exhortó al Gobierno de Puebla a revisar el artículo 480 de su Código Penal, debido a que, expuso, el nuevo delito de "ciberasedio" está tipificado de manera poco clara y podría coartar el respeto pleno a la libertad de expresión.
En un pronunciamiento, la CNDH reconoció la necesidad de que entidades federativas adopten marcos jurídicos y legales que contribuyan a prevenir y sancionar la violencia digital. No obstante, manifestó su preocupación ante preceptos penales ambiguos como el del código penal poblano.
Las sanciones por "ciberasedio" van desde prisión de hasta tres años y multas de 300 días del valor diario de la Unidad de Medida a quien, a través de medios digitales, redes sociales o espacios virtuales "insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional".
De acuerdo con la Comisión, el texto presenta ambigüedades que podrían suscitar restricciones indebidas al derecho a la libertad de expresión, con énfasis especial en opiniones, críticas y manifestaciones en contextos de interés público.
"La CNDH exhorta de manera respetuosa a las autoridades del Estado de Puebla a revisar la redacción del citado artículo, a fin de que se garantice el cumplimiento del principio de legalidad y prevenir el uso del derecho penal como medio indirecto de censura o inhibición del ejercicio del derecho a manifestar ideas, pensamientos y opiniones por cualquier medio", sostuvo en el pronunciamiento.
Además, subrayó que de ninguna manera el derecho penal debe utilizarse como medio para castigar disenso, crítica o ejercicio libre de la palabra.
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La libertad de expresión, destacó, es un pilar en toda sociedad democrática y debe ser protegida frente a cualquier forma de censura "directa o indirecta". Sin embargo, en ese sentido reconoció que no es válido el uso de mentiras y calumnias como "forma normalizada de ejercer el periodismo".
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